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La Mañana Rosario

Trataron a una clienta de "glúteos grandes" y ahora deben indemnizarla

La cadena de supermercados Coto fue acusada de discriminación.

La cadena de Supermercados Coto deberá pagarle a una clienta la suma de 40 mil pesos por haber cometido un acto discriminatorio en una sucursal de la ciudad de Rosario, en la provincia de Santa Fe. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esa ciudad confirmó la condena, en un juicio de duró tres años.

En 2012, durante su visita al shopping Alto Rosario, la docente realizó una compra por un valor de $1.000 en el supermercado ubicado en ese centro comercial. Luego de abonar el ticket, pidió el servicio de envío a domicilio, para lo cual la derivaron a una ventanilla especial donde se le tomarían todos los datos. Su sorpresa llegaría después.

Pasados tres días de la compra, al revisar el ticket del controlador fiscal, en el espacio destinado a "Nombre" figuraba la leyenda "Glúteos"; y en el de Apellido, "Grandes". La mujer, de 43 años, consideró que fue discriminada por obesa y presentó una demanda, en la que planteó que fue víctima de una "discriminación injusta, arbitraria y lesiva".

El hecho tomó repercusión y causó indignación y rechazo en la población de Rosario.

Primero hubo una mediación prejudicial, pero como no hubo acuerdo y la clienta avanzó con el juicio: reclamó 500.000 pesos por daño moral, y multa civil o daño punitivo, tal como prevé la ley.

A partir de allí se tomaron una serie de pruebas. Se peritó el ticket y se determinó que pertenecía al supermercado.

Según reza la Ley de Defensa del Consumidor, los proveedores no pueden desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de los tribunales provinciales de Rosario confirmó la resolución de primera instancia, que había condenado a supermercados Coto. Así las cosas, la firma deberá pagarle a la mujer la suma de $40.000, entre capital e intereses.

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