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Anularon la condena por violación para el secuestrador del defensor

Un tribunal de Impugnación anuló el fallo que condenaba a un hombre por violar a la hija de su pareja y ordenó un nuevo juicio. Se trata de quien tomó de rehén a su defensor.

Por unanimidad, un tribunal de Impugnación hizo lugar al planteo de la defensa y anuló la sentencia que condenaba a un hombre por la violación de la hija de su pareja. Se trata del vecino de Zapala que tomó de rehén a su defensor público tras la declaración de culpabilidad exigiendo una nueva cámara Gesell. Impugnación sostuvo que la sentencia tuvo una fundamentación defectuosa y ahora, se deberá realizar un nuevo juicio.

Cabe indicar que en marzo de este año, el hombre fue declarado penalmente responsable por los delitos de abuso sexual simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal reiterado, ambos agravados por haberse cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente y ser encargado de su guarda; y en mayo se le impuso la pena de diez años de prisión de cumplimiento efectivo.

Precisamente, ambas sentencias fueron las que impugnó la defensa oficial del hombre, representada por Diego Simonelli. "La sentencia de responsabilidad padece de una deficiente valoración de la prueba relativa a la materialidad como también a la autoría", sostuvo el defensor durante la audiencia de Impugnación realizada a principios de julio ante un tribunal integrado por las jueces Florencia Martini y Liliana Deiub y el juez Federico Sommer.

En este sentido, indicó que "el testimonio de la niña no fue convalidado ni corroborado por el resto de la prueba producida en juicio", que "la pericia médica fue insuficiente e inconsistente con los dichos de la presunta víctima", que "el acceso carnal no fue acreditado y la duda razonable debió haber jugado en favor de su asistido" y que a la hora de la pena se realizó "una doble persecución por el mismo hecho valorando un suceso no vinculado con la denuncia, ocurrido luego de la sentencia de responsabilidad (refiere al hecho del que fuese víctima el defensor Pablo Méndez)".

Por todo, el defensor Simonelli solicitó la absolución de su asistido y sino, subsidiariamente se fije una pena de 8 años y 6 meses de prisión.

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A su turno, el fiscal Marcelo Jofré argumentó que el testimonio de la víctima, de 15 años, fue corroborado por los testimonios de su madre, tres profesionales, una policía y fotografías del lugar del hecho. Además, resaltó que la Cámara Gesell no fue impugnada y que del propio relato de la joven se desprende que fue víctima de una violación.

Además, a diferencia de la defensa, para la fiscalía lo que pasó con el anterior defensor del acusado si forma parte de su conducta procesal en la causa. "La sentencia entiende que la conducta procesal no es un atenuante sino una carga y que respecto de pena, aclara la fiscalía que oportunamente requirió 15 años de prisión y el defensor 8 años y 6 meses", sostuvo el fiscal y solicitó que se confirmen ambas sentencias.

-> Fallo unánime por la anulación

Una vez que las partes expusieron sus argumentos, el tribunal pasó a deliberar. La primera en votar fue la jueza Martini, quien sostuvo que la sentencia "no realiza una valoración conjunta y armónica de las pruebas producidas" y que "más allá de las alusiones genéricas al relato de la víctima, la sentencia no valora la declaración de la joven, ni la contrasta concretamente con el resto de la prueba producida en juicio".

En sí, refiere a que debido a los argumentos esgrimidos por el tribunal de juicio para declarar la responsabilidad del acusado "la sentencia impugnada padece de vicios de motivación que la invalidan como acto jurisdiccional, por lo que corresponde declarar su nulidad y consecuente reenvío; lo que deviene abstracto el tratamiento de la pena". En este sentido, indicó que por anularse el fallo de responsabilidad por "defecto de argumentación", no se puede absolver al acusado, sino que deberá enfrentar un nuevo juicio. De igual manera votaron los magistrados Liliana Deiub y Federico Sommer.

Ahora, la Oficina Judicial deberá fijar una nueva fecha para la realización de un juicio contra el hombre con un tribunal diferente, que debatirá su culpabilidad en los delitos de abuso sexual simple y con acceso carnal reiterados y agravados.

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