El hecho ocurrió en Córdoba. Dos meses atrás lo encontraron robando y con un juicio abreviado resolvieron la pena de cinco meses de prisión.
El pasado sábado trascendió una condena que se realizó en tiempo récord contra un hombre que hace menos de dos meses fue detenido por robar cables en la vía pública. Todo fue resuelto durante un juicio abreviado que tuvo una sola audiencia.
El juez Gustavo Hidalgo resolvió en cuestión de horas la prisión preventiva del imputado, luego dio comienzo al proceso y finalmente dictó su sentencia.
El acusado recibió la pena de cinco meses de prisión y deberá cumplirla de manera efectiva, por robar cables de cobre en reiteradas ocasiones.
Pero la historia también tiene otros puntos que llaman la atención. El hombre había sido arrestado por la Policía el martes 31 de enero, en el marco de una investigación más amplia que pesaba sobre su persona. El día que lo encontraron, estaba robando por enésima vez cables de cobre de telefonía, según detalla la causa.
Hidalgo lo sentó en su despacho y dictó el fallo en una audiencia oral única. Esta instancia está prevista, según explicaron las fuentes, por el Plan Piloto de Litigación Oral Penal y sirve para definir una detención cautelar.
El magistrado hizo lugar a la prisión preventiva que había sido solicitada por el Ministerio Público Fiscal (MPF). Para hacerlo, se basó en los argumentos que esgrimió el fiscal de Instrucción, Daniela Maluf. En tanto, el imputado escuchaba sentado sin saber cuál iba a ser su destino pero con la clara intención de "zafar".
Aunque, su rostro comenzó a cambiar de inmediato, ya que según surge de la información judicial, tanto la fiscal como su defensa renunciaron a otros recursos y acordaron un procedimiento abreviado.
Pero eso no fue todo, porque la asesora letrada renunció también al procedimiento escrito. Es importante aclarar que esta instancia está prevista por el artículo 130 bis del CPP y podría haber extendido el proceso.
Al instante, Maluf acusó al imputado en forma oral y además, solicitó un juicio abreviado inicial. Este procedimiento está contemplado en el artículo 356 en función del 415 del CPP. Fue ideado como un beneficio en términos de economía de recursos. Sin embargo, es un derecho del imputado a una conclusión anticipada y por ende éste debe prestar su entera conformidad para que sea aplicable.
Como era de esperarse, la defensora del imputado dio su conformidad. Esto dio pase al debate entre el MPF y la defensa, que culminó en la misma audiencia. El resultado fue la codena a prisión efectiva del hombre sometido al proceso, acusado por el delito de robo en grado de tentativa.
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