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El TSJ bochó el sueño de Centenario de "cortarse sola" en las elecciones

El intendente firmó el decreto para votar el 16 de abril. Una norma que creaba una junta electoral propia nunca fue publicada en el Boletín Oficial.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) echó por tierra el intento de la Municipalidad de Centenario de ir a elecciones en forma separada de las provinciales y de armar su propia junta electoral, en la que podía tener autonomía sobre el formato, como la boleta papel. Ahora tendrá que ir a elecciones el mismo día que las provinciales, el próximo 16 de abril, y a través del voto electrónico.

El fallo se conoció a finales del año pasado, pero tuvo trascendencia luego de que el intendente Javier Bertoldi firmara días atrás el decreto 0002/23 por el cual fija las elecciones municipales para 16 de abril, el mismo día del llamado que hizo el gobernador Omar Gutiérrez.

Es que la fecha aún estaba en duda. El 29 de septiembre de 2019, el Concejo Deliberante de Centenario aprobó la ordenanza 8234/19, que crea a la junta electoral municipal. En ella se intentó que la misma comuna pudiera decidir la fecha de las elecciones, algo que no es posible sin una enmienda de la Carta Orgánica.

Los concejales de ese entonces, que le respondían al intendente Bertoldi, insistieron en la aprobación de la ordenanza, luego del veto del exintendente Esteban Cimolai. Así que se pensó que la normativa de ese momento estaba vigente y también el intento de cambiar la fecha de las elecciones.

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Concejales de Somos Centenario junto a los abogados que realizaron el planteo de inconstitucionalidad. El TSJ nunca lo admitió.

Concejales de Somos Centenario junto a los abogados que realizaron el planteo de inconstitucionalidad. El TSJ nunca lo admitió.

En el medio, hubo un planteo de inconstitucionalidad y una acción de amparo para evitar la aplicación de esa ordenanza, por parte de los tres concejales de Somos Centenario, Daniel Esteves, Lorena López y Valeria Caffaratti, a través de los abogados Juan Kairuz, Emmanuel Guagliardo y Diana Zapata, con el apoyo del diputado provincial y referente del Unión de los Neuquinos (UNE), Mariano Mansilla.

Más allá de ese planteo, en Centenario se elegirán un intendente y 10 concejales titulares y 10 suplentes, con un padrón que podría superar los 25 mil electores.

La polémica es que el TSJ, a través de la Resolución Interlocutoria N°5 del 7 de noviembre de 2022 firmada por el presidente Evaldo Moya, echó por tierra el planteo de inconstitucionalidad de Somos Centenario, y devino el planteo en abstracto, con un fallo muy duro en términos argumentativos.

¿Cuál es la razón? La ordenanza en cuestión nunca fue publicada de manera completa en el Boletín Oficial (como muchas en un período de 2019) y jamás logró aplicarse. El texto de la ordenanza fue publicado de manera resumida, algo que no tiene validez como norma.

“Uno de los requisitos para impugnar una norma contraria a la Constitución es que está vigente, porque en abstracto no se habla. Tiene que estar publicada, íntegramente en este caso, con el texto completo. Las normas generales se publican con el texto completo para que todo el mundo pueda leerlo”, indicó a LMNeuquén un abogado, dedicado a temas constitucionales.

Y acotó: “Para ser llamada norma tiene que estar publicada, sino no tiene vigencia. Es raro el planteo que hicieron los abogados, pero bueno, puede pasar”, dijo.

Fallo TSJ elecciones Centenario.pdf

El TSJ, mediante la resolución expresó: "Llegados a este punto, si como emerge de los precedentes de este Tribunal citados al inicio, el examen constitucional por la vía de la acción de inconstitucionalidad regida por la Ley 2130 supone que la norma impugnada se encuentre vigente y aquí, por las razones brindadas, no surge de los elementos aportados a la causa que la Ordenanza 8234/19 pueda reputarse derecho vigente, todo lleva a concluir que no se encuentra habilitada la excepcional vía de impugnación constitucional que ha sido intentada".

Así las cosas, Centenario tendrá que ir a elecciones el mismo día que el gobierno provincial. Aún sueña con su autonomía, pero para ello tiene que dar un paso político, como lo hizo el intendente de Neuquén, Mariano Gaido: una enmienda a la Carta Orgánica Municipal o reforma. Y en ese caso tendrá el intendente tendrá que convocar a una Convención Constituyente.

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