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La Mañana Juicio al ginecólogo

Llamado de atención para el ginecólogo Rodríguez Lastra por hablar de la víctima

El juez dijo que debe mantener secreto sobre la víctima, y pidió al Juzgado de Familia que accione para evitar que hable del bebé dado en adopción.

El juez Álvaro Meynet, a cargo del tribunal que preside el juicio contra el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, pidió guardar silencio respecto a las declaraciones sobre la víctima R.P y recomendó al fuero de Familia que establezca las medidas legales correspondientes respecto a los comentarios sobre el bebé nacido y dado en adopción. El pedido fue tras las declaraciones a medios en las que Rodríguez Lastra emitió información privada del bebé dado en adopción y de su familia.

La presentación remitía al juez pedía la prohibición al ginecólogo de emitir información de la víctima, del bebé nacido y de la familia adoptante, porque se entiende que esas declaraciones pueden afectar la salud psíquica de la joven a quien se le negó el aborto no punible y porque se violó la intimidad del menor nacido.

Maynet expresó en un escrito que según lo dispuesto en el Art.73 del CPP, “encontrándose el juicio en curso, se hace necesario recordar a las partes que deben guardar secreto de todas los hechos y circunstancias que presenciaron o conocieron a través de las audiencias y especialmente de aquellas que puedan afectar el pudor, la vida privada o poner en peligro un secreto oficial o profesional o afectar o dañar derechos de terceros del proceso, entre los que obviamente se encuentra RP. Esta disposición entonces lo es bajo apercibimiento del Art. 239 del CP y, desde ya, sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles y/o penales en las que cada una hubiera incurrido o pueda incurrir de futuro en la exposición mediática del caso”.

Sobre las declaraciones del bebé nacido, Meynet dijo que “atento a la cerrada postura de no intervención de la representante de la minoridad, y eventualmente frente a la posible existencia de intereses contrapuestos en la representación legal de aquél (art. 22 inc J de la ley K 4149) para el ejercicio de las atribuciones que emergen de los incisos I y K del citado dispositivo legal, cabe remitir la petición del Ministerio Fiscal al fuero de familia, en el marco del capítulo V de la ley P 3934 y leyes nacional 26061 y provincial 4109 para que se evalúe la misma”.

Quiere decir que quien debe actuar para que el ginecólogo no hable del menor debe ser el Juzgado de Familia.

En julio se conocerá la condena

La Oficina Judicial le puso fecha al juicio de cesura contra el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, declarado culpable por obstruir un aborto legal a una joven violada. Será el 11 y 12 de julio próximo.

Durante esos días se discutirá la pena que se le dará al ginecólogo cipoleño por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Esta carátula prevé un máximo de pena de hasta dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina durante el doble del tiempo de la condena.

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