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La Mañana Pareja

Mató para salvar a su pareja: para la Justicia fue exceso de legítima defensa

Acordaron una pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Es decir, que no irá a la cárcel siempre y cuando cumpla una serie de conductas que le impusieron.

José Luis Astudillo fue declarado responsable y condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por haber asesinado en legítima defensa a Sergio Adrián Duarte, en la ciudad de Neuquén. La víctima era el ex de la pareja del homicida, quien actuó en defensa de su novia.

A la pena se llegó mediante un acuerdo. Durante la audiencia de procedimiento abreviado realizada este lunes, el fiscal del caso Andrés Azar explicó al juez el acuerdo al que arribó junto a la defensa del imputado. El mismo prevé la declaración de responsabilidad, una pena de tres años de prisión de prisión condicional. Esto significa que no irá a prisión, siempre y cuando cumpla con una serie de pautas de conductas que se le impusieron, entre las que se destacan que el imputado fije domicilio, que se abstenga de consumir drogas o alcohol y no cometa nuevos delitos.

Según la investigación que realizó la fiscalía y el departamento de Seguridad Personal de la Policía de Neuquén, el hecho ocurrió el 4 de diciembre de 2021 alrededor de las 18:30 en el barrio Altos de Neuquén. La víctima fue hacia la vivienda de una mujer quien era su ex pareja, mientras ella se encontraba junto al acusado, quien es su actual pareja.

La víctima, en aparente estado de ebriedad, comenzó a amenazar a la mujer en forma verbal y cuando se dirigió hacia donde estaba el acusado, éste lo apuñaló con un cuchillo. El hombre herido fue trasladado por el servicio de emergencias (SIEN) hacia el hospital Castro Rendón, donde ingresó sin vida.

El representante de la fiscalía explicó que Astudillo estaba imputado por el delito de homicidio simple, pero que en base a la investigación realizada, se pudo determinar que actuó con exceso de legítima defensa. En ese sentido, solicitó que se declare la responsabilidad penal del imputado con esa nueva calificación legal.

Como atenuante se tuvo en cuenta el motivo que lo llevó a cometer el hecho, que el imputado no tiene antecedentes, que asumió la responsabilidad, su edad y que es sostén de familia. Como agravante consideraron el comportamiento procesal al inicio del hecho y la naturaleza de la acción.

La familia de la víctima presenció el acuerdo y prestó conformidad.

Luego de escuchar a las partes y tras un cuarto intermedio, el juez Mauricio Zabala homologó el acuerdo en todos sus términos. De esta manera, Astudillo fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional por el delito homicidio simple cometido con exceso de legítima defensa, en calidad de autor.

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