La Justicia falló a favor de un trabajador despedido mientras estaba enfermo
El empleado tenía licencia psiquiátrica y linfoma cuando fue desvinculado. La empresa alegó una causa falsa y ahora deberá pagar daño moral.
Un trabajador que había sido despedido mientras cursaba una licencia médica por un cuadro psiquiátrico y linfoma obtuvo un fallo favorable: la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que la empresa actuó de manera injustificada y la condenó a indemnizarlo por daño moral.
la sentencia se dictó en la causa "O. H. D. c/ Clínica Flores S.A. s/ despido". El tribunal consideró que el despido, invocado por la empresa tras un incidente de "insultos a un superior" ocurrido seis meses antes, fue carente de contemporaneidad, desproporcionado e impreciso.
El punto central del fallo es que el Tribunal vinculó el despido del actor con la enfermedad que denunció días antes de la extinción del vínculo.
"Cabe admitir la indemnización del daño moral pues la conducta de la demandada provocó una afectación en el trabajador, bastando simplemente con ponerse en la situación del mismo, a quien le otorgaron una nueva licencia médica, que comunicó a su empleadora e intempestivamente esta decidió finalizar el vínculo invocando una causal manifiestamente improcedente, pero resulta que la 'causa' era su enfermedad."
La CNAT concluyó que el empleador conocía el nuevo diagnóstico (trastorno depresivo y un linfoma) a través de certificados médicos que había aceptado por más de seis meses. El despido intempestivo, sin sumario ni antecedentes disciplinarios, fue considerado como un acto de mala fe que lesionó la dignidad del trabajador.tVcMuQ
El tribunal confirmó la condena por la indemnización de despido (antigüedad, preaviso, salarios caídos), sumando las multas de la Ley de Empleo y, un punto importante para el caso, la indemnización por daño moral ($150.000). El monto total de la condena, con los accesorios y ajustes, se elevó a $869.227,37 pesos más intereses.
Reforma laboral: 5 principales cambios de la nueva ley
La propuesta, impulsada por la diputada nacional Romina Diez y acompañada por legisladores de distintos bloques, lleva el nombre de Ley de Promoción de Inversiones y Empleo. El texto plantea una transformación profunda de las condiciones laborales en el país.
Entre los cambios más importantes se destacan:
- Ampliación de la jornada laboral
- Flexibilización de convenios colectivos
- Indemnizaciones en cuotas
- Nuevas reglas para la movilidad y disciplina laboral
- Cambios en la negociación salarial
El proyecto propone modificar artículos clave de la Ley de Contrato de Trabajo, redefinir el principio de irrenunciabilidad y ampliar las facultades del empleador para cambiar las formas y modalidades del trabajo. Además, actualiza el concepto de beneficios sociales no remunerativos.
Beneficios sociales: qué cambia y qué queda afuera del sueldo
El proyecto redefine los beneficios sociales y detalla una lista de prestaciones no remunerativas que van desde almuerzos y útiles escolares hasta el pago de servicios de telefonía móvil y acceso a internet para el trabajador y su familia. Estos beneficios no integrarán la remuneración, salvo excepciones expresamente previstas.
Se habilita el pago en efectivo, cheque o acreditación bancaria. Además, se permite la instrumentación electrónica de los recibos, que deberán contener información detallada del empleador, el trabajador, los conceptos liquidados y las deducciones practicadas.
Cambios en vacaciones y licencias
El proyecto flexibiliza la época de otorgamiento de las vacaciones y permite la fragmentación en períodos no menores a una semana. Se garantiza que cada trabajador pueda gozar de sus vacaciones en temporada de verano al menos una vez cada dos años, salvo que opte en contrario.
Además, los trabajadores casados o en unión familiar que trabajen para el mismo empleador podrán pedir el goce conjunto de las vacaciones.
Se mantienen los plazos de tres o seis meses de remuneración si la antigüedad es menor a cinco años y seis meses si es mayor. Para quienes tengan carga de familia, el derecho a percibir remuneración se extiende a 6 o 12 meses, según la antigüedad.
El proyecto introduce un procedimiento para la verificación de certificados médicos, que podrá ser gestionado por la Secretaría de Trabajo, con la posibilidad de convocar peritos, repetir estudios y aplicar sanciones a los profesionales intervinientes.
En cuanto a la conservación del empleo después del vencimiento de los plazos por enfermedad, el empleador deberá mantener el puesto durante un año adicional. Si el trabajador no se reincorpora, cualquiera de las partes podrá extinguir la relación sin indemnización.
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