Ahora, la firma que administraba el plan y una concesionaria neuquina fueron condenadas a entregar el vehículo, más una indemnización.
Un cipoleño vivió una verdadera pesadilla a la hora de comprar una camioneta. Es que, tras haberse suscripto a un plan de ahorro, luego canceló el pago de la misma, pero pese a que pasó un año desde la fecha de la entrega pactada, jamás vio el vehículo. Ahora, la Justicia fijó un fallo en el que se condena a la firma que administra el plan como a una concesionaria neuquina a entregar el vehículo o el valor del mismo, más una indemnización por el tiempo que no pudo usarlo.
Según explicaron fuentes judiciales, el damnificado se suscribió a un plan de ahorros de 84 cuotas para adquirir una Volkswagen Amarok. Al llegar a la número 55, el cliente decidió cancelar el total y pedir un cambio de modelo.
Ante esto, debía esperar un plazo de 135 días para poder ver el vehículo. Sin embargo, eso no ocurrió. Fue entonces que el hombre comenzó a intimar mediante cartas documentos a las empresas.
Recién casi un año después, se comunicaron desde la concesionaria para informarle que la camioneta estaba disponible, y le advirtieron que si no la retiraba en lo inmediato, comenzarían a cobrarle 500 pesos por cada día de estadía.
De esta forma, el demandante concurrió al local comercial y, sorpresivamente, le informaron que la unidad no estaba disponible a pesar de la intimación para retirarla.
Así transcurrió un año completo desde la licitación y recién en febrero del año siguiente nuevamente le informaron que el vehículo estaba disponible. En esa instancia el cliente ya había iniciado el juicio civil, en el cual se condenó a la firma que administraba el plan de ahorro y una concesionaria de Neuquén a entregarle en el plazo de 20 días una camioneta Amarok 2.0 TDI Confortline Automática 4x4 o su equivalente en dinero.
El fallo ya transitó la instancia de apelaciones y fue confirmado. La solución del caso receptó además una indemnización económica para el cliente por el tiempo en que no pudo disponer de la camioneta y por la conducta de las empresas demandadas que infligieron la normativa de la ley de Defensa del Consumidor.
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