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La Mañana fallo inédito

Fallo inédito: una tabacalera fue condenada por la muerte de un fumador

La empresa deberá indemnizar a la familia del hombre, que murió de cáncer de pulmón.

En una sentencia inédita, la tabacalera Nobleza Piccardo (hoy British American Tabacco) fue condenada a indemnizar a la familia de un fumador que murió como consecuencia de un cáncer de pulmón. Así lo resolvieron los jueces de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

El tribunal consideró que la enfermedad de Miguel Isabella Valenzi, quien murió a los 46 años en 1998, se vinculó con su adicción crónica: comenzó a fumar a partir de los 14 años y llegó a consumir tres atados por día. Según los testimonios recogidos en la causa, fumaba cigarrillos de las marcas Le Mans y Jockey Club, que producía Nobleza Piccardo.

El hombre había iniciado la demanda en vida, con su enfermedad avanzada, y luego la continuaron su mujer, María Adelina Quidi, y su hija Sabrina Isabella Valenzi. En agosto de 1995, Isabella Valenzi fue diagnosticado en el Sanatorio Quilmes con cáncer de pulmón izquierdo.

Si bien en primera instancia la demanda fue revertida, el Tribunal de la Cámara de Apelaciones condenó a la empresa a pagar una indemnización de $2.850.000 más intereses y costas. De esa suma, $400.000 son por la muerte del hombre, $800.000 por la incapacidad previa, $50.000 por gastos médicos, $700.000 por daño moral y $900.000 por daño moral a sus familiares.

El tribunal de primera instancia había considerado que las personas que fuman conocen los riesgos que este consumo implica y que "el principio que prevalece es la conducta de la propia víctima", por lo que habían desligado de la responsabilidad a las tabacaleras.

Sin embargo, en el fallo de la Cámara se indica que los fumadores "como categoría social genérica" fueron catalogados por el juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti como "un grupo especialmente vulnerable en tanto –para muchos de ellos- el hábito de fumar se ha trasformado en una adicción".

En ese sentido, los jueces señalan que debe "acentuarse el principio protectorio" y es necesario "determinar si la información existente al momento en que el causante comenzó a fumar era suficiente para entender verificada la faz cognoscitiva requerida como presupuesto de existencia de la asunción de riesgos".

Tras conocer el fallo, la empresa difundió un comunicado en el que señaló: "Estamos en desacuerdo por el fallo no definitivo dictado en la causa 'Quidi, Maria A.' contra la industria; ello así su sentencia, en contraposición con la mayoritaria jurisprudencia, ignora la realidad referida a que los consumidores adultos conocen perfectamente sobre los riesgos asociados al fumar. De todas maneras, nuestros asesores legales nos han informado que existen fuertes motivos para apelar la sentencia. Por lo tanto, como se trata de una acción judicial en curso, preferimos no emitir opinión hasta que la instancia final sea resuelta".

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