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MARTÍN PEDONI
pedonim@lmneuquen.com
NEUQUÉN
Una factura en blanco, entre otros requisitos, permitirá a quienes alquilan acceder al beneficio de la deducción del impuesto a las ganancias para los inquilinos.
Sin embargo, hoy en Neuquén el 80 por ciento de los contratos no están blanqueados, por lo que se presentaría una puja con los propietarios, principalmente aquellos que son particulares.
El 1º de marzo entrará en vigencia la resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aunque será retroactiva al 1º de enero.
Guillermo Reybet, uno de los representantes del sector inmobiliario, consideró que los comentarios y la información “ha generado más una situación de dudas que solucionar un tema”. Agregó que “la emisión de una factura por parte de cada propietario sería lo lógico”.
En ese sentido, Pamela Gaita, presidenta de la Unión de Inquilinos Neuquinos, sostuvo a que “a largo plazo la medida será beneficiosa, ya que el que paga el alquiler podrá deducir ganancias y el que tiene propiedad, la blanqueará”.
“A más tardar, el 1° de marzo estará habilitado el sistema. Además de beneficiar al inquilino, se busca formalizar el mercado como parte del blanqueo general de la economía”. Alberto Abad Titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos
Una cuestión de inscripción
El inquilino que requiere el beneficio de deducir ganancias, hasta un 40% del monto del alquiler o un máximo de 51 mil pesos anuales (según lo que se pague), deberá estar inscripto en AFIP.
El inconveniente se presentará, seguramente, del otro lado del contrato. “El problema puede llegar a ser para el propietario que no esté inscripto”, recalcó Reybet.
Agregó que “la mayoría de los propietarios están inscriptos, sobre todo si la relación es a través de una inmobiliaria. Ahora, si tributan o no, es responsabilidad de cada uno”. Y advirtió: “En las relaciones entre particulares no sé cuáles serán los resultados”.
Al respecto, Pamela Gaita dijo a LM Neuquén que “esta ley no va a afectar a propietarios de una o dos casas, sino a quienes poseen muchas y que deberán blanquearlas. Ahora deberán hacer las cosas correctamente”.
Gaita agregó que muchos propietarios en Neuquén realizan contratos por un monto y por fuera cobran otro precio en negro. Y hablar de facturas o recibos oficiales es una utopía. “Siendo buenita, más del 80 por ciento de los alquileres no están blanqueados. Es rarísimo ver una factura, sólo son recibos de librería”, denunció la referente de los inquilinos. “No quieren tributar”, recalcó.
51.967 pesos anuales se podrán deducir como máximo. La posibilidad de deducir del impuesto a las ganancias alcanzará hasta el 40% del pago del alquiler para aquellos contribuyentes que alquilen una vivienda, por ejemplo.
¿Precios sin variaciones?
Con el pedido de la deducción del impuesto a las ganancias, los precios de los alquileres no deberían sufrir ninguna variación.
“No deberían verse perjudicados los actuales valores. El inquilino tiene la facultad hoy de denunciar el contrato y de pedir la factura”, indicó el corredor inmobiliario Reybet. Sin embargo, el propietario tendrá la potestad de no alquilar más el inmueble si no quiere blanquear su situación.
80 por ciento de los alquileres en Neuquén están en negro. Según la Unión de Inquilinos Neuquinos apenas dos de cada diez propietarios entregan una factura o recibo oficial. El resto “dibuja” un recibo de librería, lo que indica que no tributa al fisco.
Cuáles son los requisitos exigidos
NEUQUÉN
La AFIP informó que para acceder al beneficio es necesario no ser titular de una propiedad y contar con la factura del alquiler. El tope mensual de deducción es de $4300 y $52000 anuales, y el cálculo de ahorro se ubica entre los $800 y $1000 por mes.
Una vez habilitado el sistema -desde el 1º de marzo-, quienes cumplan con esos requisitos, primero, deberán enviar por la vía electrónica el contrato de alquiler vigente, cualquiera sea la fecha de origen. No se exigirá que el documento esté rubricado por un escribano.
Como segundo paso, se deberá remitir mensualmente al organismo, a través del sitio de internet, la factura emitida por el locador con los datos básicos del valor del alquiler que paga el locatario. La AFIP aceptará una factura-recibo emitida por una inmobiliaria que intermedie entre las partes.
En tercer lugar, el locador deberá estar registrado como monotributista o responsable inscripto del impuesto a las ganancias.
El titular del organismo, Alberto Abad, destacó que el aplicativo para ingresar los datos, preferentemente a través del navegador Explorer, estará activo durante todo el mes de marzo.
Los contratos más chicos no pagan tasa a los sellos
NEUQUÉN
A fines del año pasado la Legislatura neuquina aprobó un proyecto del PRO que establece una modificación de la Ley 2680 -Código Fiscal de la Provincia-, que prevé que los contratos de locación por montos menores a 12 mil pesos no paguen impuestos a los sellos.
El tributo es, por ley, solidario. Es decir que ambas partes deben abonarlo equitativamente, por lo que representará también un gasto menos para los propietarios.
El impuesto en cuestión equivale al 1,4 por ciento del valor del alquiler multiplicado por la duración total del contrato. Además, se paga por adelantado y en muchas ocasiones los vínculos finalizan antes de los dos años, por lo que representa una pérdida.
El proyecto fue impulsado por la legisladora Carolina Rambeaud.
En el ámbito nacional hay varios proyectos de ley que buscan la regulación de los alquileres de parte del Estado.