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El gobierno oficializará en las próximas horas a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la renovación hasta el 28 de febrero del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) en todo el territorio nacional, informaron esta noche a Télam fuentes oficiales.
El DNU se publicará en el Boletín Oficial el fin de semana, ya que la extensión de las medidas previstas en el DISPO debe estar en vigencia antes del lunes 1 de febrero próximo.
El DNU ratificará que se mantiene la libre circulación en todo el país, aunque los gobernadores y el jefe de gobierno de la CABA podrán reglamentarla por razones epidemiológicas por días, horas y zonas.
Una de las claves de la prórroga del distanciamiento es que se podrán reanudar las clases presenciales y las actividades educativas no escolares con presencia de docentes y alumnos, pero según los parámetros que se acuerden en el Consejo Federal de Educación.
El reinicio de las clases presenciales será resuelto por cada provincia y por la CABA y también podrán resolver la suspensión, siempre de acuerdo a la situación epidemiológica.
Cuando sea necesario disminuir la circulación de personas, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales.
El DNU también establecerá que docentes y personal no docente, al igual que alumnos y sus acompañantes, quedarán exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros y deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.
El Gobierno Nacional mantiene los dos parámetros de riesgo sanitario que deberán seguir teniendo en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:
RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20
INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150
En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional instruye a las autoridades locales a aplicar medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna y manteniendo el cumplimiento de los protocolos vigentes.
El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.
El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.