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A través de la disposición 7456, el ANMAT explicó que la leche entera en polvo fortificada con Vitamina A y D, libre de gluten de 180 gr, Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) 21-112511, marca "Alimentos Fundación Favaloro" y elaborada por la Sociedad Cooperativa de Tamberos de la Zona de Rosario Limitada en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) 21-005144, se prohibirá a raíz de que la Agencia Santafecina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) alertó que este producto no cumplía la normativa alimentaria vigente.
Al tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.
Por otra parte, mediante disposición 7457 se dispuso la prohibición del "endulzante de mesa apto para cocinar, libre de gluten, marca 'Jual Stevia', RNPA Expte. N° 4119-007527/18, Elaborado por Botánica SA, comercializado por Natural y Orgánico SRL – RNE N° 02-031766", por no cumplir la normativa alimentaria vigente.
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