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La Justicia castigó el trabajo no registrado con un fallo que le dio la razón a una trabajadora de Catriel. La mujer se desempeñó por un año en un comercio de alimentos, pero no le pagaban lo que le correspondía y tampoco la registraron. Es más, cuando su patrón la desvinculó, lo hizo sin motivos y por un mensaje de texto.
Para el tribunal del fuero de Trabajo en Cipolletti el patrón condenado llevó a la trabajadora a una situación de "absoluta clandestinidad" y condenó su conducta.
La mujer sostuvo que trabajó en el comercio por más de un año y durante el trámite en la Cámara Laboral presentó testigos que acreditaron esas circunstancias. Contó además que antes de quedarse sin empleo recibió un mensaje de su patrón en el que le informaba que el domingo sería su último día porque iba a reformar en el local.
Luego de un tiempo, la mujer le envió una carta documento para que el empleador aclarara su situación laboral. También lo intimó a que la registrara correctamente conforme a la legislación.
Como no obtuvo respuestas entabló la demanda. Sin embargo, el patrón tampoco se presentó cuando fue citado por el tribunal.
El fallo consideró que la situación fue acreditada por la trabajadora y que ella actuó conforme a derecho al considerarse en situación de despido. "La circunstancia de tener en la más absoluta clandestinidad registral a la actora, aunado al pago parcial de remuneraciones, constituyen causales de gravedad tal que hace intolerable la continuidad del vínculo laboral, haciendo procedente las indemnizaciones peticionadas", dice la sentencia.
Se contemplaron diferencias remuneratorias, liquidación final e indemnizaciones por despido. También se fijó una reparación en favor de la trabajadora debido a que tuvo que recurrir a la Justicia para cobrar su salario.