El juicio se extendió durante cinco jornadas con múltiples testimonios. La decisión fue tomada después de tres horas de deliberación.
Después de cinco jornadas de juicio, un jurado popular declaró no culpable a un hombre acusado por el Ministerio Público Fiscal de haber abusado sexualmente de dos niñas durante varios años, en un contexto de convivencia familiar en Cutral Co.
El acusado, identificado como G.A.M.S., había llegado a juicio imputado por cuatro hechos. La decisión fue comunicada luego de que el jurado permaneciera aproximadamente tres horas deliberando.
La acusación sostenida por la Fiscalía planteaba que los abusos habían ocurrido entre 2006 y 2012, en una vivienda de Cutral Co y en inmediaciones de ese domicilio.
Durante el debate, el fiscal jefe Gastón Liotard presentó ante el jurado la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal. Según sostuvo, G.A.M.S. había aprovechado la convivencia preexistente y la situación de vulnerabilidad de las dos víctimas para cometer los abusos sexuales.
La Fiscalía también planteó que, en distintos episodios, el acusado había utilizado violencia y amenazas.
Los cargos sometidos a consideración del jurado estaban vinculados con los hechos denunciados por las dos víctimas y comprendían acusaciones por abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, ambos agravados por la convivencia preexistente y bajo la modalidad continuada.
Sin embargo, luego de analizar las pruebas y recibir las instrucciones impartidas por el juez técnico, la mayoría de los integrantes del jurado resolvieron que el acusado no era culpable de ninguno de los cuatro cargos.
Cabe destacar que en estos casos, donde el veredicto es la no culpabilidad, no se precisa la cantidad exacta de votos, sino que se entiende que al menos cinco de los 12 jurados votaron no culpable, dado que se necesitan 8 votos para la culpabilidad.
El jurado comenzó a deliberar el viernes alrededor de las 13:30. Cerca de tres horas después, el presidente del tribunal popular ingresó nuevamente a la sala para comunicar la decisión.
Uno por uno, leyó los cuatro formularios correspondientes a los cargos discutidos durante el juicio. En todos ellos quedó consignado el mismo veredicto: no culpable.
Tras la lectura, el juez técnico Lisandro Borgonovo dictó la resolución que declaró no culpable a G.A.M.S. de los delitos que habían sido llevados a juicio. Ni el jurado popular ni el juez técnico tienen la obligación de presentar fundamentos de su resolución y explicarlos.
De esta manera, concluyó el proceso judicial iniciado por la acusación del Ministerio Público Fiscal, sin una condena contra el hombre por los hechos denunciados por las dos víctimas.
La fiscalía de Neuquén solicitó que un hombre identificado como R.R.C. sea condenado a 11 años de prisión de cumplimiento efectivo por violar a una niña a la que cuidaba cuando convivían en una vivienda de la ciudad. La Defensoría, por su parte, pidió un año más de cárcel.
El pedido fue realizado por el fiscal del caso, Gastón Medina, este lunes durante una audiencia de determinación de pena. El hombre ya fue declarado penalmente responsable por los hechos que ocurrieron entre marzo y junio de 2020.
Se trata de una declaración de responsabilidad de los delitos de abuso sexual simple agravado por la convivencia, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por haber aprovechado.
Al fundamentar su pedido de pena, Medina señaló como agravantes la gravedad de los hechos y la afectación provocada en la víctima, además de la diferencia de edad entre el hombre y la niña.
Cabe destacar que tampoco pasó inadvertida el contexto de pobreza de la familia afectada, por lo que pidió agravamiento por la vulnerabilidad socioeconómica y familiar en la que se encontraba. El fiscal también remarcó la utilización de violencia y amenazas contra la niña.
Por su parte también se mencionó la existencia de dos hechos independientes de abuso sexual cometidos contra la misma víctima. Como única circunstancia atenuante, Medina consideró que R.R.C. no registra antecedentes penales.
Por su parte, la defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia, Silvia Acevedo, adhirió a los fundamentos planteados por la Fiscalía y solicitó que el hombre sea condenado a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo.
El tribunal encargado de determinar la pena está integrado por los jueces Luciano Hermosilla y Juan Pablo Encina, y la jueza Natalia Pelosso.
Luego de escuchar los planteos de las partes, el tribunal dio por concluido el debate y pasó a deliberar. La sentencia será comunicada a las partes por medios electrónicos, prioritariamente dentro de las 48 horas posteriores a la audiencia.