El organismo recaudador, ARCA, difundió los montos a partir de los cuales los trabajadores en relación de dependencia comienzan a tributar el Impuesto a la Ganancias en mayo 2026.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) difundió las escalas del Impuesto a las Ganancias que, en mayo 2026, afectará a cerca de un millón de trabajadores en relación de dependencia.
En enero pasado, la ARCA elevó un 14,29% el mínimo no imponible a partir del cual un trabajador comienza a pagar Ganancias. Este porcentaje no fue arbitrario, sino que se estableció en base a la inflación acumulada en el segundo semestre de 2025. Los nuevos montos regirán hasta junio próximo, permitiendo que los empleados puedan anticipar si quedarán alcanzados por el gravamen y cuánto se les retendrá.
Este tributo solo alcanza a los trabajadores en relación de dependencia –ya sean públicos o privados- cuyos ingresos superan un determinado umbral. Ese piso también depende de la situación familiar del contribuyente y se calcula tomando en cuenta el salario bruto y luego restando aportes previsionales y otras deducciones personales.
En mayo 2026, estos son los límites a partir de los cuales un empleado comienza a tributar:
A partir de esos valores, se aplica una escala de retención que va del 5% al 35%:
La ARCA también difundió las deducciones en conceptos como cónyuge, hijos e hijos con discapacidad. Los valores muestran una progresión mensual acumulada a lo largo del semestre.
Así serán los montos en mayo y junio, antes de la nueva actualización:
Luego de la última actualización del 14,28%, la ARCA publicó las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, popularmente conocido como monotributo. Su estructura prevé una clasificación en categorías que van desde la A hasta la K y cada contribuyente debe calcular su facturación anual para saber en cuál inscribirse. En base a este monto, se establece la cuota mensual.
Los topes anuales que rigen en mayo 2026 son los siguientes:
La cuota mensual –compuesta por el impuesto integrado, el aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la obra social- quedó establecida en estos montos según la categoría: