{# #} {# #}
En una primera etapa habrá un período de transición con reducción gradual de las ayudas. El objetivo es que las tarifas reflejen los costos de producción y los precios de mercado.
El gobierno anunció que desde el 1ro de junio se pondrá en marcha un período de transición hacia el retiro de los subsidios de los servicios energéticos, tanto de electricidad como de gas, que llegará hasta el 30 de noviembre.
La medida apareció publicada en el Boletín Oficial. Se trata de un decreto que dispone “la reestructuración de los regímenes de subsidios a la energía de jurisdicción nacional”.
La medida indica que el objetivo es poner en marcha “una transición gradual, ordenada y previsible hacia un esquema que permita: (i) trasladar a los usuarios los costos reales de la energía; (ii) promover la eficiencia energética; y (iii) asegurar a los usuarios residenciales vulnerables, el acceso al consumo indispensable de energía eléctrica, gas por redes y gas envasado”,
El artículo 2 del decreto establece “un Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados (“Período de Transición”), que se extenderá desde el 1º de junio hasta el 30 de noviembre de 2024”. “La vigencia del Período de Transición podrá ser prorrogada por única vez, por un plazo de 6 meses”, aclara el decreto.
El punto 3 de la norma deja sin efecto “los límites del impacto en factura que genere la corrección del componente Energía fijado como porcentaje del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior, contenidos en el artículo 2º del Decreto N° 332/22”.
En el articulo 4 se señala que “los criterios de inclusión en cada uno de los niveles de segmentación previstos en el artículo 2º del Decreto Nº 332/22 podrán ser revisados y modificados por la Autoridad de Aplicación, conforme se establece en el tercer párrafo del artículo 5º del decreto referido”.
“Asimismo, la Autoridad de Aplicación podrá establecer criterios de exclusión a partir de indicadores de exteriorización patrimonial que indirectamente manifiesten nivel de ingresos. La verificación de alguno de estos criterios en relación con alguno de los integrantes del grupo conviviente habilitará a la SECRETARÍA DE ENERGÍA a rechazar la solicitud del beneficio o a excluir al hogar del padrón de beneficiarios”. señala la norma.
Es de recordar que el decreto 332 del año pasado había fijado tres niveles de usuarios con el propósitos de segmentar los subsidios. Básicamente los N1 son los de alto poder adquisitivo, los N2 los de mediana capacidad y los N3 los que están en la base de la pirámide.
El gobierno actual solo ha generado incrementos en las tarifas de los NI y las del sector comercial, pero no ha tocado los de las N2 y N3.
El articulo 5 señala que “durante la vigencia del Período de Transición, la Autoridad de Aplicación deberá desarrollar todas las acciones necesarias para una transición gradual, ordenada y previsible hacia precios de mercado y tarifas basadas en costos económicos para el sector energético”.