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Emisión retroactiva: Si se emite una factura con una fecha, ya no se podrá hacerlo con una anterior. Si facturás servicios, tenés 10 días hacia atrás, y si son productos, tenés 5 días para emitir un comprobante.
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Facturas con períodos que no corresponden: Se da cuando se emite una factura con la fecha de un mes, pero los períodos y/o conceptos facturados son de otro mes. Se recomienda realizar un seguimiento y anotar los meses porque AFIP solo tiene en cuenta el período que colocaste y no la fecha de emisión de la factura.
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Defectos de comunicación: En algunas situaciones se utilizan sistemas propios y no se usa el sistema en línea de AFIP. Cada tanto aparece un error en el software y no toma la factura, por lo tanto, vas a tener que ingresarla manualmente porque la AFIP toma como válido su sistema en línea.
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Datos de la factura: Es fundamental ingresar los datos correctos porque si existe un error, no se puede anular. En caso de equivocación, debés hacer una nota de crédito y luego emitir una nueva factura.
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Emitir factura de tipo B sin IVA incluido: Las facturas de tipo B no discriminan IVA. Cuando recibís una factura B, no se pone el IVA; se coloca el total y se indica si está gravado o no.
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Todo lo que los monotributistas deben saber
Montos a pagar según la categoría en agosto 2024
Los montos a pagar y los límites de facturación del monotributo han aumentado, y así quedaron definidos para agosto de 2024:
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Categoría A: Impuesto integrado de $3.000, aporte previsional de $9.800, y obra social de $13.800. Total a pagar: $26.600.
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Categoría B: Impuesto integrado de $9.450, aporte previsional de $10.780, y obra social de $13.800. Total a pagar: $30.280.
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Categoría C: Impuesto integrado de $9.800 (servicios) o $9.000 (comercio de bienes), aporte previsional de $11.858, y obra social de $13.800. Total a pagar: $35.458 para servicios y $34.658 para comercio de bienes.
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Categoría D: Impuesto integrado de $16.000 (servicios) o $14.900 (comercio de bienes), aporte previsional de $13.044, y obra social de $16.400. Total a pagar: $45.444 para servicios y $44.344 para comercio de bienes.
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Categoría E: Impuesto integrado de $30.000 (servicios) o $23.800 (comercio de bienes), aporte previsional de $14.348, y obra social de $20.000. Total a pagar: $64.348 para servicios y $58.148 para comercio de bienes.
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Categoría F: Impuesto integrado de $42.200 (servicios) o $31.000 (comercio de bienes), aporte previsional de $15.783, y obra social de $23.000. Total a pagar: $80.983 para servicios y $69.783 para comercio de bienes.
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Categoría G: Impuesto integrado de $76.800 (servicios) y $38.400 (comercio de bienes), aporte previsional de $22.096, y obra social de $24.800. Total a pagar: $123.696 para servicios y $85.296 para comercio de bienes.
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Categoría H: Impuesto integrado de $220.000 (servicios) y $110.000 (comercio de bienes), aporte previsional de $30.934, y obra social de $29.800. Total a pagar: $280.734 para servicios y $170.734 para comercio de bienes.
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Categoría I: Impuesto integrado de $437.500 (servicios) y $175.000 (comercio de bienes), aporte previsional de $43.308, y obra social de $36.800. Total a pagar: $517.608 para servicios y $255.108 para comercio de bienes.
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Categoría J: Impuesto integrado de $525.000 (servicios) y $210.000 (comercio de bienes), aporte previsional de $60.632, y obra social de $41.300. Total a pagar: $626.932 para servicios y $311.932 para comercio de bienes.
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Categoría K: Impuesto integrado de $735.000 (servicios) y $245.000 (comercio de bienes), aporte previsional de $84.885, y obra social de $47.200. Total a pagar: $867.085 para servicios y $377.085 para comercio de bienes.
Qué es el monotributo unificado
El monotributo unificado está destinado a los ciudadanos de las provincias de Entre Ríos, Mendoza, Córdoba, San Juan, Jujuy, Salta, Río Negro, Buenos Aires, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra del Fuego. Cada ciudadano inscripto en el régimen de la AFIP está alcanzado por el impuesto sobre los Ingresos Brutos de las administraciones tributarias provinciales adheridas y por la contribución municipal y/o comunal. El sistema de monotributo unificado permite abonar en un solo pago lo siguiente:
- El impuesto integrado.
- Los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y, de corresponder, al Sistema Nacional del Seguro de Salud.
- El impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen Simplificado Provincial.
- La contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios, siempre que el municipio o comuna haya celebrado con la Provincia un convenio de colaboración para la recaudación de dicho tributo.
Recategorización del monotributo
La AFIP extendió el plazo para recategorizarse, y la nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 9 de agosto. Así, los contribuyentes cuentan con más tiempo en virtud de la Ley 27.743, que incluye los nuevos montos de facturación, entre otros beneficios tributarios.
Este procedimiento es obligatorio y debe realizarse cada seis meses para determinar si, de acuerdo con los ingresos de los últimos 12 meses, corresponde cambiar de categoría o no. En caso de mantener la misma categoría, no es necesario realizar ningún trámite.
Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025. Además, los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado podrán cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes al período de agosto de 2024, hasta el 28 de dicho mes inclusive.