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Tras el vencimiento de las medidas de salubridad establecidas en julio, el Ejecutivo estableció la prohibición de circulación para la población en general en el horario comprendido entre la 1 y las 6 de la madrugada.
En cuanto a la atención al público de comercios, informó que continuarán de lunes a domingo hasta las 21. En locales gastronómicos, bares, restaurantes y cervecerías, será en los mismos días y horarios, pero se reduce a un máximo del 50% del aforo. Se recomendó que los locales deben estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas en los correspondientes protocolos.
Se estableció que estos locales puedan trabajar con delivery hasta las 1 y que los propietarios, empleados y clientes, que se encontrasen en el establecimiento a la hora del cierre, tendrán 30 minutos adicionales para regresar a sus domicilios.
También se indicó que el aforo máximo será del 50%, en relación con la capacidad máxima habilitada y en cumplimiento de los correspondientes protocolos para la realización de eventos religiosos; para los casinos; salones de eventos; y realización de eventos culturales. Además, de las actividades deportivas; los gimnasios y natatorios; las salas de cines. El horario también será hasta la 1.
Respecto a las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, están habilitadas para grupos que no superen las diez personas.
El decreto entró en vigencia el martes 10 de agosto del 2021 y permanecerá vigente hasta el día 17 del mismo mes.