El acusado llegó a la vivienda para ver a la hija en común y comenzó el ataque. La mujer sufrió una lesión en el pómulo. No podrá acercarse a menos 200 metros.
La Justicia de Neuquén formuló cargos contra M.V acusado de protagonizar una pelea y golpear a su ex pareja durante una discusión el pasado 14 de agosto en Cutral Co. El hombre acudió a la vivienda de la madre de su hija y exigió verla, en ese contexto se desató el ataque que terminó con lesiones en el rostro de la víctima.
El asistente letrado Nicolás Mellado encuadró provisoriamente el hecho como lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en calidad de autor.
Según la acusación, M.V. y la víctima mantuvieron una relación de pareja de la que nació una hija, que actualmente tiene dos años. Durante la audiencia que se llevó adelante el sábado 15 de agosto, la mujer relató que puso fin al vínculo hace aproximadamente un año debido a reiteradas situaciones de violencia.
El ataque comenzó cuando M.V se presentó en la vivienda de su ex pareja con la intención de ver a la niña. En ese contexto, le revisó el celular a la mujer y comenzó una discusión con gritos e insultos.
La pelea se tornó física cuando M.V. le pegó una cachetada en el rostro a la víctima, provocándole lesiones leves. La certificación médica incorporada a la investigación detalló que la agresión le provocó un edema en el pómulo izquierdo y en la región nasal media.
Durante la audiencia, Mellado señaló que en los días previos al episodio la mujer había sido hostigada y amenazada por el imputado. Por ese motivo, consideró que existía un riesgo para la integridad de la víctima y solicitó medidas de protección.
El juez de garantías, Ignacio Pompo tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de dos meses para avanzar con la investigación. Entre las medidas pendientes, todavía se deben realizar entrevistas a la víctima y a testigos, un informe del Servicio de Atención a Víctima y Testigos, una evaluación médico-forense y la incorporación del certificado de antecedentes del imputado.
Además, Pompo dispuso la libertad de M.V. bajo medidas de coerción. El imputado no podrá acercarse a menos de 200 metros del domicilio de la víctima ni del comercio donde trabaja. Tampoco podrá comunicarse con ella mediante llamadas, mensajes, redes sociales WhatsApp u otros medios.
Las restricciones también implican que el acusado deberá abstenerse de realizar actos de agresión, intimidación, perturbación o violencia. Las medidas puestos impuestas sin perjuicio de lo que pueda disponer el juzgado de Familia respecto del régimen de comunicación entre el imputado y su hija. El incumplimiento de las restricciones podría derivar en la imposición más grave, como la prisión preventiva.