ver más

Un 30% de las audiencias se suspendieron

La mayoría se debe a la falta de preparación de la fiscalía o la defensa. En 2017 se duplicó esta instancia.

Natalia Pérez Pertino

policiales@lmneuquen.com.ar

Neuquén.- La realización de audiencias penales en la Justicia neuquina funciona casi como un relojito. Las partes hacen el pedido, al día siguiente se agenda y en el lapso de 20 días se lleva a cabo. El problema es que llegado el día, el 30 por ciento de las veces se suspenden.

Todos los días, la Oficina Judicial (Ofiju) recibe solicitudes para desarrollar audiencias tanto por fiscalía como por defensa, sea pública o particular. Tal como establece el Código Procesal Penal neuquino, las audiencias deben agendarse en 24 horas y hacerse en los siguientes 20 días.

Para tal fin, la Ofiju, 1° Circunscripción, tiene cuatro notificadores propios. “Son personas que se ocupan de contactar a los imputados a través de los medios de comunicación que carga fiscalía al sistema”, explicó su director Fernando Fuentes. A veces, con un llamado telefónico alcanza, otras es necesario dejar una cédula en el domicilio de la persona involucrada en la causa penal. “Ahora contamos con un sistema más rápido que nos permite dejar asentado en el acto si el imputado recibió la notificación o no, incluso con una foto por medio de Whatsapp desde la vivienda”, detalló Fuentes. Así, es recurrente escuchar en las audiencias que “el imputado fue notificado” cuando no se presentó y lo que sirve para declarar la orden de rebeldía y captura de la persona.

Tenemos como meta que las audiencias se hagan en 20 días desde su pedido”, Fernando Fuentes, Director de la Ofiju en la Primera Circunscipción

Falta de previsión

Las estadísticas hablan por sí solas. Un informe de la Ofiju especifica que del total de audiencias agendadas, un 10 por ciento son canceladas con anticipación, un 60% se realizan y un 30% deben postergarse. Este último número refleja un “costo alto y grave” por los recursos invertidos.

“El sistema requiere que las partes vengan preparadas y muchas veces no lo hacen, sino que piden la suspensión porque les faltó, por ejemplo, un expediente o un informe, incluso a sabiendas de la fecha asignada”, expresó Fuentes.

En este sentido, el informe desglosa ese porcentaje y explica las razones de la suspensión. Un 38% se debe a la ausencia del imputado; un 24% por ausencia o pedido de la defensa; un 20% por ausencia o pedido de fiscalía; un 5% por pedido del juez y un 13% por otras razones. De esta manera, si se suman los porcentajes de defensa y fiscalía, superan a los del propio imputado.

El doble

En 2017 se duplicó la cantidad de audiencias con respecto al año anterior, y para el 2018, desde la Ofiju esperan poder reducir el número de las suspendidas, teniendo en cuenta la mudanza a la sede judicial, a pocos metros de fiscalía y defensoría pública. Siempre habrá un margen mínimo que no se hará, pero esperan que sea muy inferior al actual.

Audiencias de la 1ª Circunscripción

El porcentaje de audiencias realizadas. Incluye las que se reasignan tras una cancelación con tiempo.

El porcentaje de suspendidas el día que estaban agendadas. Representa un alto costo administrativo.

El porcentaje de canceladas con tiempo, que implica un bajo costo.

Te puede interesar