Villa La Angostura > Los jueces de la Cámara en todos los Fueros, con sede en San Martín de los Andes, resolvieron por unanimidad absolver a Daniel Neira, Carlos Matuz y Claudia Saavedra del homicidio de Pedro Ávalos. Y dispusieron que Neira y Matuz sean liberados en forma inmediata. Ambos estaban detenidos desde febrero de 2010.
La sentencia se difundió ayer y el voto rector lo redactó la presidenta del Tribunal, María Julia Barrese, quien criticó la falta de pruebas con la que se promovió la causa a juicio y el accionar de los responsables de la etapa de instrucción.
Barrese admitió su asombro y cierta preocupación por “la orfandad probatoria con la que han arribado las presentes actuaciones a esta instancia de juicio criminal, en cuyo marco se encontraban privados de su libertad dos de los imputados”.
Y exhortó “a quienes se encuentran imbuidos de la atribución investigadora para que adopten, en lo sucesivo, las medidas necesarias a efectos de evitar la reiteración de supuestos como el presente, dadas las lamentables consecuencias provocadas por la ausencia de prueba pertinente a los fines que se investigan…”
Los jueces subrogantes Federico Sommer y Andrés Luchino compartieron los fundamentos de Barrese en cuanto a la absolución de los tres imputados, quienes fueron acusados del delito de homicidio simple. Pero disintieron en cuanto a la crítica al desempeño de la Fiscalía de Villa La Angostura. También, el juez local Jorge Videla participó en la instrucción.
Con la sentencia absolutoria, el crimen de Ávalos quedó impune, porque no se esclareció. Ayer en la fiscalía local evaluaban los fundamentos de la sentencia para recurrir en casación ante el TSJ.
Ávalos fue asesinado la madrugada del 1 de febrero del año pasado en el interior del taxi que alquilaba. Recibió once puñaladas. El homicidio causó enorme conmoción en Villa La Angostura.
Pocos días después, Neira y Matuz fueron detenidos como los principales sospechosos. Luego, fueron procesados con prisión preventiva.
Neira fue acusado de ser el autor del homicidio y Matuz de ser uno de los instigadores. Saavedra, quien era la pareja de la víctima, fue acusada de ser instigadora del crimen y de tener una presunta relación amorosa con Matuz.
El fiscal de Cámara Fernando Rubio los había acusado en su alegato a los tres del delito de homicidio simple y había pedido que a Neira le impongan 12 años de prisión, a Matuz 11, y a Saavedra, 10. Los defensores habían solicitado la absolución.
ADN
Barrese advirtió que el informe de ADN “permite descartar que la evidencia obtenida en el vehículo de Ávalos –pelos, sangre- se corresponda con el material levantado en la vivienda de Neira”.
Señaló que “no sólo las muestras extraídas del vehículo en el que se produjo el asesinato, no se correspondían con la sangre de Neira sino tampoco con la propia de la víctima, por lo cual, al momento del hecho, es dable sostener que, sin dudas, había una, o más, tercera/s persona/s, en el vehículo de Ávalos”.
Tampoco tuvo en cuenta las llamadas que Neira hizo a Ávalos antes del crimen y luego las comunicaciones que mantuvo con Matuz, porque no son pruebas contundentes.
Además, señaló que “no existe prueba alguna que permita tener por cierta la relación entre Saavedra y Matuz, como así tampoco el móvil que pudieran haber tenido éstos para “deshacerse” de Ávalos”. Y consideró que no se probó el nexo que unía a Matuz con Neira.