El régimen permite regularizar deudas vencidas hasta junio de 2026. Hasta cuándo podrán adherirse.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo plan de pagos. La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5875/2026.
Los contribuyentes podrán adherirse hasta el 30 de octubre a través del servicio web “Mis Facilidades”, y el esquema exige un pago inicial y permite financiar el saldo en cuotas mensuales.
Este nuevo plan de pagos está pensado para que MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro regularicen sus deudas. El régimen alcanza obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026.
El tributarista Sebastián Domínguez, director ejecutivo de SDC Asesores Tributarios, explicó que la iniciativa puede ayudar a empresas con deudas fiscales acumuladas. Sin embargo, advirtió que el anticipo, la tasa de financiación y la cantidad de cuotas podrían limitar el acceso.
El nuevo régimen de facilidades de pago está dirigido a tres grupos.
No podrán acceder las personas condenadas por determinados delitos tributarios, aduaneros o relacionados con incumplimientos fiscales. La exclusión también alcanzará a empresas cuyos directivos registren condenas firmes y vigentes por esos delitos.
El régimen admite deudas impositivas, obligaciones aduaneras y aportes de la seguridad social vencidos hasta el 30 de junio. También incluye intereses, multas, retenciones y percepciones impositivas.
La adhesión no contempla una quita de capital, intereses o sanciones. El beneficio consiste únicamente en la posibilidad de financiar la deuda con ARCA mediante cuotas.
Las Micro y Pequeñas Empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro podrán financiar sus obligaciones generales en hasta 18 cuotas mensuales. Para las retenciones y percepciones impositivas, el límite será de nueve cuotas.
Estos contribuyentes deberán realizar un pago a cuenta del 5% de la deuda consolidada. La tasa de financiación será del 2,75% mensual.
Las Medianas Empresas de los Tramos 1 y 2 tendrán hasta 15 cuotas para obligaciones generales y hasta siete para retenciones y percepciones. En este caso, el anticipo será del 10% y se aplicará la misma tasa mensual.
La resolución fijó un monto mínimo de $50.000 para el pago inicial y cada cuota. Los vencimientos serán mensuales, iguales y consecutivos. No existirá un límite para la cantidad de planes que podrá presentar cada contribuyente.
Algunos conceptos quedaron fuera del régimen. Entre ellos figuran los anticipos, los pagos a cuenta, las cuotas de planes vigentes y determinadas obligaciones vinculadas con obras sociales, ART y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
Tampoco podrán incorporarse ciertas retenciones previsionales, obligaciones del Régimen Simplificado sobre Ingresos Brutos, algunos tributos específicos y determinadas multas aduaneras.
La adhesión deberá realizarse en el sitio de ARCA mediante el servicio “Mis Facilidades”. Dentro del sistema, el contribuyente tendrá que seleccionar la opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026”.
El plazo finalizará el 30 de octubre de 2026. La deuda quedará consolidada cuando se efectúe el pago a cuenta. Luego, el sistema presentará el plan y enviará la confirmación al Domicilio Fiscal Electrónico.
El beneficio caducará si el contribuyente deja de pagar dos cuotas consecutivas o alternadas y transcurren 60 días desde el vencimiento de la segunda. También perderá vigencia si la última cuota permanece impaga durante ese mismo plazo.
Después de la caducidad, ARCA podrá iniciar acciones judiciales para cobrar el saldo pendiente. El organismo notificará al contribuyente mediante el Domicilio Fiscal Electrónico.
La adhesión también implica renunciar a posteriores reclamos de devolución sobre los períodos y montos incorporados. Por ese motivo, los contribuyentes deberán revisar cada deuda y evaluar su capacidad para sostener los pagos antes de confirmar el plan.