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Declaran culpables a los imputados por el crimen de Arias

El jurado popular debió dar un doble veredicto con distintas acusaciones. Quedaron detenidos.

Neuquén
Con una ajustada mayoría, el jurado popular encontró culpable, por 9 votos de 12, a Alexis Obreque Varas, imputado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Edgardo “Petaco” Arias. En tanto que a Gabriel Castillo y a Mariano Canales, los otros dos implicados, el jurado los halló culpables, por 8 votos de 12, de homicidio agravado por haber sido premeditado por dos o más personas. Igual figura le alcanzó a Obreque Varas.
El veredicto se conoció ayer pasadas las 20, luego de que el jurado integrado por ciudadanos neuquinos deliberara por más de tres horas.
Un hombre fue el encargado de comunicar el fallo. Primero leyó la decisión que involucraba a Obreque Varas y luego la definición que encontraba a los tres imputados culpables del crimen.
La votación del jurado popular se dividió en dos partes, de acuerdo con las instrucciones particulares que se le dieron para resolver el caso: la primera, vinculada al delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, que por  mayoría de 9 votos el jurado popular responsabilizó a Obreque Varas; la segunda parte, vinculada al homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, que por mayoría de 8 votos el jurado halló responsable a los tres acusados.
Durante la audiencia de ayer y antes de que el jurado se retirara a deliberar, el único imputado que no había declarado tomó la palabra.

La declaración de Obreque Varas
“Yo no estuve en el lugar del hecho, no tuve nada que ver”, dijo el hombre condenado horas después por el jurado popular.
Obreque Varas hizo uso del derecho a declarar durante la última audiencia del juicio, en la que también tuvieron lugar los alegatos de las partes, luego de verse comprometido por las versiones que brindaron los otros dos imputados –Canales y Castillo- sobre el día del crimen de Arias ocurrido el año pasado.
Por su parte, en los alegatos el fiscal del caso, Pablo Vignaroli,  responsabilizó a los tres por el delito de homicidio agravado.
La defensa de Obreque Varas, Fernando Diez y Leandro Seisdedos -del Equipo Operativo N° 4 del Ministerio Público de la Defensa- reforzaron en los alegatos la idea de que no había pruebas que acreditaran que Obreque Varas haya estado en el lugar la madrugada del crimen. Además, indicaron que durante las audiencias se escucharon testimonios de gente que se presentaba como testigo pero que no lo eran, sino que intentaban mejorar su situación.
Los defensores pidieron utilizar el sentido común, ya que preguntaron cómo si el acusado había sido el autor, se había quedado en su casa esperando que lo fueran a detener. Esta inquietud la dejaron abierta los defensores en relación a que a Obreque Varas lo detienen al día siguiente del crimen en su casa durante un allanamiento.
Por otra parte, la defensa de Gabriel Castillo, Daniel García Cáneva y Carlos Acquistapace – del Equipo Operativo Nº 3 del Ministerio Público- coincidieron en señalar que hubo declaraciones intencionadas por parte del remisero y su pareja, a los que se refirieron como imputados encubiertos.
Lo propio hizo Río Iñíguez, a cargo de la defensa de Canales.
El juez Mauricio Zabala informó a las partes que en un plazo de cinco días se realizará la audiencia en la que se discutirá la pena que les impondrán a los tres hombres declarados culpables.

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