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Sorprendió a su ex pareja durmiendo, la golpeó, la amenazó con un cuchillo y la violó. Fue juzgado por un jurado popular que lo encontró penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma, en carácter de autor. El fiscal pidió que fuera condenado a 16 años de prisión. Sin embargo, la jueza Carina Álvarez decidió hacerlo por la mitad de la pena planteada; es decir, que el abusador irá 8 años preso.
La semana pasada, el violento abusador enfrentó a un jurado popular que lo declaró culpable del delito que le imputaban. Solo restaba conocer cuál iba a ser la pena. El fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid había solicitado que el hombre fuera condenado a 16 años de prisión efectiva.
Luego de un cuarto intermedio y tras haber escuchado a las partes y valorar los planteos, la jueza de garantías Álvarez dio a conocer su resolución, en la que impuso 8 años de prisión al condenado; es decir, la mitad de la pena solicitada por el fiscla.
La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal ante un jurado popular fue que el aberrante hecho ocurrió el 6 de noviembre de 2020, alrededor de las 3:30 de la madrugada, en Neuquén capital. El condenado ingresó por una ventana a la casa de la víctima, una mujer que había sido su pareja. Se dirigió a la habitación, donde ella se encontraba durmiendo, la amenazó con un cuchillo, la golpeó y la abusó sexualmente.
Breide Obeid había fundamentado el pedido de 16 años al valorar entre los agravantes la extensión del daño causado, la violencia ejercida, la utilización de un arma blanca, la duración en el tiempo y la conducta desplegada por el imputado destinada para condicionar el testimonio de la víctima.
Sin embargo, por decisión de la jueza, el condenado irá preso la mitad de los años solicitada. En ese sentido, la magistrada aseguró que no están suficientemente acreditados por la fiscalía los agravantes planteados.
La pena prevista para este delito parte de los 8 años y puede llegar a los 20 años.
La jueza consideró que los atenuantes (la edad y la historia de vida del victimario) eran motivos suficientes para morigerar la pena y la palabra de la víctima también debe ser escuchada por lo que el mínimo de la pena es lo justo para el caso. De esta manera, el hombre deberá pasar 8 años preso.
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