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A más de dos meses y medio del escándalo en Olivos, el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, rechazó este martes un pedido de inconstitucionalidad de los DNU del presidente Alberto Fernández, el cual había sido presentado por la defensa de Stefanía Domínguez, una de las imputadas en la causa por la polémica fiesta en la residencia presidencial.
En tanto, el magistrado ahora debe responder el planteo que hizo en su momento el jefe de Estado (Fernández aseguró que no se cometió ningún delito y además de comprometió a hacer una reparación económica al Instituto Malbrán durante cuatro meses). Según la información publicada por Infobae, eso podría ocurrir antes de las elecciones del 14 de noviembre.
En este sentido, a fines de agosto, el abogado Mauricio D’Alessandro -abogado de Domínguez- había pedido que se declare la “inconstitucionalidad” de los decretos de necesidad y urgencia que establecieron la prohibición de circulación y desplazamientos como medida preventiva para contener la pandemia. “No existieron circunstancias excepcionales en cuanto al funcionamiento y ejercicio de las legales y constitucionales facultades legislativas, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previsto por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”, sostuvo el abogado en ese momento.
Además, el letrado había reclamado el sobreseimiento de su clienta por “inexistencia de delito”. “Es obvio remarcar que Domínguez jamás puso en riesgo el bien jurídico que los decretos – más allá de su invalidez e inconstitucionalidad - buscaban proteger -la salud pública- ya que no se pudo determinar que ninguna de esas personas que participaron en la referida reunión hayan estado contagiadas de Covid-19″, sostuvo el abogado.
Unos días después, antes que la causa pase a San Isidro, el fiscal Ramiro González rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los DNU: “En los decretos en cuestión todos, de una forma o de otra, enuncian que tienen como finalidad contener y mitigar la propagación de la epidemia del COVID -19, con el objeto de preservar la salud pública. En consecuencia, el Poder Ejecutivo Nacional se encuentra facultado a determinar el contenido de las medidas que no pueden ser violadas, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
Ahora, Mirabelli rechazó el planteo. “No se advierte prima facie la necesidad de invalidad los decretos de necesidad y urgencia cuestionados, toda vez que no aparecen irrazonables frente al caso concreto, a raíz de la posible colisión con otros principios constitucionales en juego, ni la defensa se ha ocupado de argumentar y demostrar dicha situación”, sostuvo el juez en la resolución a la que tuvo acceso Infobae.
Y agregó: “Negar de manera absoluta la validez de la herramienta cuestionada sería privar a las autoridades ejecutivas de la posibilidad de cumplir con su mandato constitucional de proteger la salud pública”. En la resolución mencionó los decretos 260, 297 y 576, todos del 2020.
La causa judicial, que tiene entre sus imputados a Alberto Fernández, pasó a San Isidro hace dos meses, cuando el juez Sebastián Casanello se declaró incompetente y las partes decidieron no apelar.
A partir de ese momento, la investigación avanzó muy poco por la disputa de competencia. Recién la semana pasada, el juez Marcelo Fernández, integrante de la Sala I de la Cámara de San Martín, resolvió que el expediente unificado quede en manos de Mirabelli. De esta manera, quedó resuelta la disputa por la competencia entre ese magistrado y su colega Sandra Arroyo Salgado.
En la causa también están imputados la primera dama Fabiola Yañez, Sofía Pacchi, Florencia Fernández Peruilh, Santiago Basavilbaso, Emanuel Esteban López, Fernando Consagra, Rocío Fernández Peruilh y Federico Abraham, quienes participaron del festejo por el cumpleaños de Yañez, el 14 de julio de 2020, en medio de la cuarentena más estricta.
Ahora, el juez debería resolver el planteo que hizo en su momento el presidente Alberto Fernández, quien pidió ser sobreseído al considerar que en el caso no se cometió delito y propuso una reparación económica al Instituto Malbrán durante cuatro meses.
En principio, Mirabelli rechazaría la presentación del presidente. Esa definición empujará al resto de las defensas a desplegar sus estrategias.
En los últimos días, el juez siguió acumulando medidas de prueba que estaban demoradas. Entre otras cosas, recibió un informe de la Jefatura de Gabinete sobre la aplicación Cuidar. La respuesta sorprendió hasta los propios protagonistas: cinco de los invitados no tenían un certificado de la aplicación CUIDAR en la fecha de la fiesta.
Como si fuera poco, Infobae también reveló que uno de esos tres invitados es Sofía Pacchi, una de las mejores amigas de Yañez, al menos hasta esa noche.
Pacchi está en la mira del Gobierno porque hace tiempo amenaza con hablar en público. Hace dos semanas rompió relaciones con el abogado de la primera dama, Juan Pablo Fioribello, y se fue con Fernando Burlando, pero el juez Mirabelli ayer notificó a todas las partes que se había vencido el plazo para que ese letrado ratificara su designación.
En el expediente, ahora unificado, aparecen otras medidas de prueba encargadas por Arroyo Salgado, como un pedido de explicaciones a la agencia oficial Télam sobre la nota publicada el mismo día del festejo bajo el título “Con un festejo atípico, Fabiola Yañez celebra su cumpleaños”. Allí se planteaba que la primera dama no se iba a reunir con nadie para festejar “su primer cumpleaños como Primera Dama”.
Ahora, Télam respondió que aquella nota “se basó en fuentes periodísticas extraoficiales” y que “no existió pedido alguno, orden o instrucción para su publicación”.