En su resolución, los camaristas Carlos Nogueira y Carlos Vallefín ordenaron al director del Complejo Penitenciario Federal a que "se abstenga de obligar a cortarse el pelo" al preso, "e instruya a todo el personal a su cargo en el mismo sentido".
A su vez, señalaron que en caso de que el cabello, por su extensión o falta de limpieza, afectara las normas de higiene, "deberá comunicar" la situación "al titular del Juzgado Nacional de Ejecución Penal" que interviene en la causa.
"Lo atinente al largo del cabello de las personas detenidas en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal es considerado parte de su esfera de autodeterminación y ajeno, en principio, a la injerencia de los responsables del Servicio", indicaron los camaristas.
Los jueces invocaron jurisprudencia de la Corte que revocó "la orden de un comisario de cortar el cabello de un detenido, fundada en razones genéricas de higiene, pese a su disconformidad".
También recordaron que la resolución 685 del Ministerio de Justicia de la Nación dejó sin efecto la obligación de los presos de afeitarse la barba y el bigote.
Por su parte, el camarista Antonio Pacilio, tercer integrante de la Sala, votó en disidencia. (NA)