Pertenecían a la planta permanente de la subsecretaría de Niñez y Adolescencia. Uno de ellos admitió que consumieron cigarrillos y cocaína.
Otros dos estatales de Neuquén fueron despedidos en el marco de la purga de ñoquis, incumplidores y delincuentes, puesta en marcha por el gobernador Rolando Figueroa.
Este caso tuvo la particularidad de que cometieron una falta inusual: dos serenos hicieron entrar a una mujer a una dependencia del Estado provincial neuquino. Además, admitieron que consumieron sustancias.
La exoneración de los cuadros de la administración pública provincial es un despido aún más severo que la cesantía. Y esta vez recayó sobre dos agentes identificados como Héctor Daniel Ramírez y Mario Alberto Contreras, que pertenecían a la planta permanente de la subsecretaría de Niñez y Adolescencia, dependiente del ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano.
En el expediente consta que, el 14 de febrero de 2025 les iniciaron sumario administrativo por un hecho tan curioso como inusual. Les endilgaron que el 28 y 29 de septiembre de 2024 incumplieron sus deberes de serenos e hicieron ingresar una mujer ajena a la administración pública.
La situación ocurrió en la dirección provincial de Protección de Derechos de las Personas Mayores, ubicada en Remigio Bosch y J.J. Lastra de la ciudad de Neuquén, lugar que tenían la obligación de vigilar.
De acuerdo a lo informado, la mujer permaneció y circuló por ese lugar durante más de 10 horas e indicaron también que los ahora expulsados no se retiraron del lugar cuando debían hacerlo.
La persona externa permaneció y circuló libremente, sin que existiera autorización ni justificativo institucional para su presencia. Durante la investigación conducida por la Dirección Superior de Sumarios, se constató que los agentes no se retiraron de la dependencia en los horarios previamente asignados.
En el caso del agente Ramírez, las actuaciones fundamentan que registró su asistencia laboral a pesar de encontrarse usufructuando una licencia por razones personales.
La instrucción del caso reunió pruebas documentales, testimoniales e informáticas sustanciales para acreditar la responsabilidad disciplinaria de los involucrados:
El superior jerárquico del área solicitó acceso a las cámaras de seguridad del dispositivo de Protección de Adultos Mayores. Tras el envío de los archivos digitales por parte de la Dirección de Servicios Informáticos, se confirmó la presencia de la mujer no autorizada el 29 de septiembre de 2024, observándose a los serenos deambular por los pasillos junto a ella durante la madrugada.
En sus declaraciones, los acusados admitieron las irregularidades operativas y reconocieron la obligación de registrar en el Libro de Actas todo ingreso de personas particulares. No obstante, intentaron desligar su responsabilidad individual culpándose mutuamente sobre cuál de los dos había permitido el acceso inicial de la persona externa, aunque ambos admitieron haber consentido su permanencia.
La Junta de Disciplina de la Administración Pública Provincial ratificó que las conductas observadas quebrantaron de forma directa la función esencial del sereno, consistente en velar por la seguridad de los bienes estatales y de las personas.
"Específicamente los agentes Ramírez y Contreras cometieron la falta grave e inexcusable de encontrarse en las oficinas de la Subsecretaría de Familia con una mujer ajena al lugar, durante horas circulando por el establecimiento, consumiendo cigarrillos, y conforme confesó el agente Contreras también cocaína. Estas últimas conductas resultan inadmisibles y violan de manera grave y directa la esencia de la función de 'sereno'", indica el decreto.
No fueron los únicos castigados por esto. A uno de sus compañeros, identificado como Danton Américo Gómez, le aplicaron una suspensión grave de veinte días sin goce de haberes por no registrar esa anomalía evidente ocurrida durante sus turnos en el libro de actas correspondiente.
Todo el procedimiento se fundamentó en pruebas contundentes, incluyendo registros fílmicos de seguridad, testimonios y las propias declaraciones de los sumariados, garantizando en todo momento el derecho a la defensa.