El Gobierno estableció un cronograma de incrementos para los próximos ocho meses, luego de que empresarios y sindicatos no lograran acordar un nuevo monto.
El Gobierno Nacional estableció una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil, con incrementos progresivos que se aplicarán durante los próximos meses. La medida alcanza a los trabajadores que cumplen con la jornada legal completa.
La decisión se tomó después de que empleadores y representantes sindicales no llegaran a un acuerdo durante la reunión del viernes 28 de agosto.
De esta manera, el Salario Mínimo, Vital y Móvil será de $383.800 mensuales desde el 1° de septiembre de 2026 y tendrá aumentos escalonados durante ocho meses, hasta alcanzar los $437.000 en abril de 2027.
La decisión quedó formalizada mediante la resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y las entidades y organismos del Estado nacional que actúen como empleadores.
Para quienes estén contratados con jornadas inferiores a la legal, el salario deberá abonarse en la proporción correspondiente.
La resolución estableció ocho subas mensuales consecutivas para el Salario Mínimo, Vital y Móvil:
Los valores mensuales corresponden a trabajadores que cumplen la jornada legal completa, mientras que los montos horarios se aplican a los trabajadores jornalizados.
La decisión fue adoptada luego de la convocatoria del Consejo del Salario del 28 de agosto. De acuerdo con los fundamentos de la resolución, tras un “extenso intercambio de opiniones” no se consiguió alcanzar un acuerdo.
Ante esa situación, la normativa establece que corresponde dictar un laudo para determinar los nuevos valores.
La resolución también mantuvo la fórmula utilizada para calcular la Prestación por Desempleo.
El beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual que haya recibido el trabajador durante los seis meses anteriores al cese del contrato laboral.
Además, se establecieron dos límites directamente vinculados al Salario Mínimo, Vital y Móvil:
De esta manera, los pisos y techos de la prestación por desempleo se actualizarán automáticamente a medida que entren en vigencia los distintos valores fijados entre septiembre de 2026 y abril de 2027.
El laudo del Ejecutivo llegó luego de que la reunión del Consejo del Salario, convocada para el viernes pasado, se levantara sin acuerdo.
La CGT y las dos CTA rechazaron la propuesta empresaria, que ofrecía un 1,8% para septiembre y 1,7% para los meses siguientes hasta abril, y se retiraron del encuentro virtual.
El Consejo del Salario es el ámbito donde dialogan representantes de los trabajadores, los empleadores, el Estado nacional y los gobiernos provinciales para fijar ese piso salarial.
Ante la falta de consenso, quedó nuevamente en manos del Poder Ejecutivo definir la actualización tal como había ocurrido el año pasado, cuando el Gobierno resolvió por laudo un alza en diez tramos.