Todas las categorías del monotributo tendrán un aumento desde agosto 2026. Los nuevoss límites de facturación anual y el promedio mensual.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó el aumento en el Régimen Simplificado, popularmente conocido como monotributo, elevando los topes de facturación anual de todas las categorías, además de subir la cuota mensual de cada contribuyente. Los nuevos valores entrarán en vigencia para los pagos de vencimientos de agosto 2026.
El organismo recaudador actualiza dos veces al año las escalas del monotributo, teniendo en cuenta la inflación difundida por el INDEC. En este caso, se tomó el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado en el primer semestre del año, lo que arrojó una variación de 16,8%. Con este ajuste, la ARCA también habilita el período de recategorización. Tras el incremento, los contribuyentes deberán revisar si continúan dentro de la misma categoría o si, por los nuevos parámetros establecidos, corresponde cambiarse a otra.
El cronograma establece que la recategorización podrá realizarse del 15 de julio al 5 de agosto de 2026, de manera online mediante el servicio "Monotributo" con clave fiscal. Si no se pasa a una categoría correspondiente a la facturación anual, la ARCA tiene la facultad de hacer una recategorización de oficio o, incluso, excluir al contribuyente del Régimen Simplificado.
Cada contribuyente debe calcular su facturación anual para saber en cuál de las categorías inscribirse. Los nuevos topes anuales tras la reciente actualización son los siguientes:
Si bien el monotributo evalúa los ingresos brutos acumulados en un año, muchos contribuyentes utilizan una referencia mensual para determinar a qué categoría pertenecen y no exceder los límites permitidos. Si se toma el promedio, estos son los máximos de facturación mensual de cada categoría:
La cuota mensual de cada categoría del monotributo está compuesta por tres ítems: impuesto integrado, aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y obra social. Cada componente se calcula según la categoría y el tipo de actividad (servicios o venta de bienes). Con el aumento de casi 17%, así queda el valor de la cuota mensual según cada categoría a partir de agosto 2026: