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Para que la Afip no ponga la lupa sobre los movimientos de las cuentas bancarias y las billeteras virtuales, es conveniente conocer la regulación existente. Cuáles son los montos en 2024 y saldos que el ente recaudador sigue con detenimiento.
En una economía argentina signada por los cambios constantes y la inmediatez, millones de transacciones a diario se realizan a través de una transferencia bancaria o mediante el uso de las billeteras virtuales. De acuerdo a como se realicen dichas transacciones, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puede investigar los movimientos de dinero.
Ante el contexto de una inflación aún por encima de los dos dígitos y el deterioro del poder adquisitivo de los pesos argentino, las transacciones en dinero en efectivo han dejado paso al uso de transferencias bancarias o de los pagos a través de una billetera virtual. Ahora, este tipo de transacciones no quedan exentas del ojo controlador de la AFIP.
Para evitar que el ente recaudador ponga la lupa sobre los movimientos de dinero que los contribuyentes realizan es prudente conocer las regulaciones existentes. Esto es, los topes que es mejor no superar y, en caso de hacerlo, qué documentación conviene tener a mano ante cualquier requerimiento de la AFIP o la entidad bancaria con la que se opera.
Como su nombre lo indica, la Administración Federal de Ingresos Públicos es el ente recaudador que se encarga de monitorear los movimientos de fondos de todos y cada uno de los movimientos de las personas que operen dentro de la Argentina. La AFIP les solicita tanto a las entidades bancarias como a las billeteras electrónicas que le suministren información en determinados casos.
En términos generales, la AFIP puede monitorear todas las acreditaciones que mes a mes se efectúan a través del sistema bancario.
Movimientos en cajas de ahorro, cuentas corrientes, pago de sueldos o haberes jubilatorios, determinadas transacciones a través de las billeteras virtuales. Movimientos en pesos argentinos así como también en dólares estadounidenses u otro tipo de divisas.
A continuación, algunos de los casos en los que la AFIP puede llegar a solicitar información sobre determinados movimiento:
A través de su sitio web, la AFIP detalla de manera explícita a partir de qué montos investiga una transferencia bancaria o fondos desde o a una billetera virtual. Transferencia en las que los bancos o las empresas que respaldan los medios de pago más nuevos deberán informar al ente recaudador. Esta información suministrada tiene como únicos objetivos justificar el origen de los fondos y determinar si tales operaciones están alcanzadas con impuestos.
Siempre que las transferencias, operaciones como acreditaciones o extracciones y los saldos existentes en cuenta superen los $400.000, las billeteras electrónicas deben informarle a la AFIP. De considerarlo necesario, el ente recaudador puede exigir a través de una comunicación formal que el contribuyente demuestre el origen de los fondos.
Además de los $400.000 mencionados, las billeteras virtuales tendrán que informar a la AFIP determinados movimientos de dinero. Movimientos que, como se ha explicado más arriba, también podrán ser susceptibles de controles por parte del ente fiscal.
La AFIP exige que las billeteras virtuales le informen sobre:
En caso que la AFIP lo considere necesario podrá solicitar que el contribuyente justifique el origen de los fondos para los tipos de transacciones previamente descripto. Esta justificación podrá realizarse con distinto tipo de documentación respaldatoria. A saber:
Una certificación de ingresos emitida y firmada por un contador público nacional que la avale.