Billetera virtual: ¿qué monto de transferencia investiga AFIP en 2024?
Como cualquier otra transacción realizada dentro del territorio de la Argentina, las transferencias hechas desde las billeteras electrónicas quedan bajo la órbita de la AFIP. En qué casos pueden requerir información adicional al contribuyente.
La mayoría de los contribuyentes de la Argentina utilizan las billeteras virtuales en 2024 para pagar transacciones comerciales o realizar transferencias de dinero como forma de pago habitual, a diario. En algunos casos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) investiga las operaciones que superan determinados topes máximos.
Realizar una transferencia de dinero a través de las billeteras electrónicas es una acción que se repite cotidianamente por millones. Por su practicidad e inmediatez, muchas personas eligen la seguridad de operar desde su teléfono celular u otro dispositivo móvil. Ahora bien, en algunos casos, cuando los montos son elevados, dichas operaciones pueden ser investigadas por la AFIP.
¿Cuánto dinero se puede transferir sin control de AFIP?
Tal como lo informa la AFIP desde su sitio web, cada vez que las transferencias de dinero, así como otras operaciones, sean mayores a los $ 400.000, las billeteras electrónicas están obligadas a informarlas al ente recaudador. Con la información en su poder, el ente recaudador de la Argentina puede exigirle al contribuyente en cuestión que prube que la procedencia de dichos fondos es lícita.
En contraposición, las transferencias de dinero realizadas a través de una billetera virtual que sean inferiores a los 400.000 pesos implican un riesgo menor de ser investigadas por la AFIP. Sin embargo, es válido recalcar que el ente recaudador, por su carácter federal, siempre tiene la potestad de indagar toda vez que lo considere necesario.
¿Cuándo las billeteras virtuales le avisan a la AFIP?
El monto de los $400.000 mencionado más arriba no es el único por el cual las billeteras virtuales deben avisarle a la AFIP. Existe una serie de supuestos en los que el ente recaudador también recibe información de las transferencias.
La AFIP exige que las billeteras virtuales le informen sobre:
- Ingresos o egresos de dinero de las cuentas iguales o superiores a $120.000.
- Saldos en cuenta que al último día hábil de un mes determinado sean iguales o mayores a $ 200.000.
- Transferencias iguales o superiores a $ 400.000.
¿Qué monto de transferencia investiga la AFIP?
Como es de público conocimiento, la AFIP monitorea los movimientos de las cuentas bancarias y de las billeteras virtuales de los contribuyentes de la Argentina. Así, cuando lo considere necesario, puede solicitarles información a las entidades acerca de determinados casos.
Estos son algunos de los casos por los que la AFIP puede requerir información adicional a las entidades bancarias y las billeteras virtuales:
- El total de las acreditaciones mensuales efectuadas en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, ya sea en pesos argentinos o dólares estadounidenses, resulta igual o mayor a $ 200.000.
- El total acumulado de las extracciones por mes en efectivo de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, en moneda argentina o extranjera son iguales o superiores a los $ 200.000.
- Los saldos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales que, al último día hábil de un período mensual determinado, sean iguales o mayores a los $200.000.
¿Cuánto dinero puedo recibir por transferencia sin declarar en 2024?
El límite fijado por la AFIP para transferencias de dinero sin necesidad de completar una declaración jurada es de $200.000. Al superar este monto, el riesgo de que quien recibe el dinero deba justificar el origen de los fondos es mayor.
Muy desactualizado a raíz del impacto de la inflación sobre el ingreso y el poder adquisitivo de los contribuyentes, la AFIP había establecido que estos $200.000 cubrían la mayoría de las transacciones que una persona realiza por mes. Es por ello que no se descarta que a la brevedad el ente recaudador pueda modificar dicho tope.
En caso de que la AFIP requiera que el contribuyente justifique la procedencia de los fondos, se pondrá en contacto por los canales institucionales. Entre la documentación respaldatoria que podría solicitar se encuentra los recibos de sueldo de los últimos seis meses, comprobantes de haberes para personas jubiladas o un certificado de ingresos emitido y firmado por un contador público nacional.
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