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Dejó de pagar las tarjetas de crédito y la Justicia lo condenó a pagar una suma millonaria

El hombre además no contestó los llamados que le hizo el banco. Qué decidió la Justicia.

La Justicia condenó a un hombre a pagar una suma millonaria por las deudas acumuladas en dos tarjetas de crédito que dejó de abonar en 2024. El fallo del Juzgado Civil y Comercial, impulsado por una demanda del Banco Provincia, establece que deberá saldar el monto en un plazo de diez días una vez que la sentencia quede firme.

En la presentación que llegó a manos de la justicia de Mar del Plata se detalló que los gastos realizados con dos tarjetas, Visa y MasterCard, “no fueron objeto de reclamo ni de impugnación, total o parcial”, y que el usuario no efectuó “el pago correspondiente según lo establecido en las condiciones generales de emisión, uso y servicios de las tarjetas de crédito emitidas”.

Los apoderados del Banco señalaron que en junio de 2025 notificaron al cliente del traslado de la demanda conforme al domicilio denunciado y ante la incomparencia del citado, el Juzgado dejó constancia de tal circunstancia.

En la sentencia a la que accedió 0223 se remarcó que “el silencio, las respuestas evasivas o la negativa meramente general, podrá estimarse como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda”.

tarjeta

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A partir de la documentación aportada por la entidad se consideró justificada la existencia de una deuda de $2.143.740,13 por deuda de la tarjeta Visa, y de $2.178.835,18 por adeudo de la tarjeta MasterCard.

El Juez Heber Daniel Amalfi hizo lugar a la demanda por cobro de sumas de dinero deducida por el Banco y condenó a J.M.Z. a pagar $ 4.322.575,31 más los intereses fijados en los considerandos de la sentencia.

Demandó al banco por “maniobras” en el resumen de su tarjeta de crédito

Ante una demanda contra una entidad bancaria, la Justicia ordenó que dejen de debitar el total del resumen de tarjetas antes de la fecha de vencimiento a un cliente. Esto representaba una práctica que afectaba la disponibilidad del dinero.

Todo comenzó cuando el cliente detectó que la entidad retiraba fondos de su cuenta varios días antes del plazo previsto para el pago. El caso se analizó dentro del marco de la legislación de defensa del consumidor, que protege a los clientes frente a prácticas consideradas abusivas.

La jueza Sonia Elizabeth Filipigh consideró que el Banco de Corrientes S.A., actuó sin respaldo contractual para adelantar el cobro. En consecuencia, ordenó el cese inmediato de esa modalidad y estableció que el débito solo puede efectuarse en la fecha de vencimiento indicada en el resumen.

Tarjetas de débito y crédito.

Las tarjetas de crédito superaron al débito en volumen de operaciones y se consolidan como el principal medio de financiamiento del consumo.

El fallo también obliga a la entidad a asumir las costas del proceso judicial.

La práctica que motivó la demanda

El caso comenzó cuando un cliente del Banco de Corrientes detectó un patrón repetido en el funcionamiento de su tarjeta de crédito Visa. Según explicó en su demanda, el banco retiraba el total del resumen desde su cuenta bancaria varios días antes del vencimiento.

Ese mecanismo se aplicaba de forma automática. En algunas oportunidades, el descuento aparecía incluso el mismo día en que se acreditaban sus ingresos. Como resultado, el dinero quedaba inmovilizado durante varios días.

El usuario sostuvo que esa modalidad afectaba directamente su economía personal. Al adelantarse el cobro, no podía disponer libremente de su dinero, aun cuando el plazo de pago seguía vigente.

resumen de la tarjeta de crédito

El cliente argumentó que el contrato firmado con el banco resultaba claro: el débito automático debía ejecutarse en la fecha de vencimiento del resumen, no antes. Según su planteo, el banco carecía de autorización específica para retirar fondos anticipadamente.

La demanda incluyó la acusación de una práctica abusiva, ya que el cliente nunca otorgó consentimiento para ese adelanto.

Tras un litigio judicial, una jueza ordenó al Banco de Corrientes cesar en la práctica de debitar anticipadamente el saldo de tarjetas de crédito. Además, la sentencia establece que el banco deberá asumir las costas judiciales derivadas del proceso.

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