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Flybondi se presentó en concurso de acreedores: qué pasará con la plata de los vuelos cancelados

La aerolínea acumula deudas tras dos meses sin operar y está al borde de la quiebra. Qué pasará con el dinero de los pasajes que ya están comprados.

En las últimas horas se conoció que Flybondi se presentó en concurso preventivo de acreedores para evitar la quiebra para renegociar sus deudas, entre ellas los reintegros que reclaman pasajeros por vuelos cancelados. La aerolínea low cost busca ordenar sus deudas.

La Justicia ya asignó el expediente y comenzó a intervenir. Si la Justicia abre el proceso, quienes todavía no cobraron deberán acreditar lo adeudado ante el síndico y esperar las condiciones de pago que se acuerden.

La solicitud fue presentada el 2 de octubre por FB Líneas Aéreas S.A., la sociedad que opera la marca. El expediente quedó radicado en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N°24, a cargo de Guillermo Mario Pesaresi. La apertura aún debe ser resuelta.

La aerolínea acumula alrededor de dos meses sin volar y conserva tres aviones sin actividad comercial en el país. El concurso busca evitar una quiebra y preservar la empresa, aunque una eventual reanudación de los vuelos también requerirá fondos para financiar la operación.

Pasajeros en los mostradores de Flybondi, en una imagen de archivo (Foto: iProfesional)

Qué pasará con el dinero de los pasajes que ya están comprados

“El pasajero que no recibió su reembolso pasa a ser acreedor de la empresa”, explicó Julieta M. Rojas, abogada especializada en consumo. En ese escenario, el reclamo deberá incorporarse al procedimiento judicial.

Una vez abierto el concurso, la compañía no podrá efectuar pagos de deudas anteriores que alteren la situación de los demás acreedores. Por eso, los reintegros pendientes alcanzados por el proceso tendrán que resolverse dentro del expediente.

Los consumidores suelen integrar la categoría de acreedores quirografarios, es decir, sin un privilegio específico de cobro. Su situación difiere de la de ciertos créditos laborales o fiscales, que tienen preferencias previstas por la legislación.

La negociación puede incluir una devolución en cuotas, una reducción del monto adeudado o plazos de espera. Por ahora, no existe un porcentaje de reintegro ni un calendario de pagos anunciado para los pasajeros. Las condiciones dependerán de la propuesta, las mayorías necesarias para aprobarla y la homologación judicial.

Qué documentación deberán presentar los pasajeros

Para acreditar cada deuda será necesario reunir varios documentos:

  • el comprobante de compra.
  • la reserva.
  • los correos de confirmación, cancelación del vuelo y las constancias de los reclamos previos.

También conviene conservar las respuestas de la aerolínea y los movimientos que permitan identificar el pago. Ese trámite se denomina verificación del crédito: permite establecer quién reclama, por qué motivo y cuánto se le debe.

La presentación se realiza ante el síndico, dentro del plazo que fije el juez al disponer la apertura. Los datos del expediente y la fecha límite se publican en los edictos.

Detalle del motor y el fuselaje de una aeronave de Flybondi (Foto: Infobae)

Quien deje pasar ese vencimiento no pierde automáticamente el derecho a reclamar, pero deberá recurrir a una verificación tardía, que supone otro trámite y puede generar costos adicionales.

La tarjeta, las agencias y los reclamos administrativos

Los pasajeros que abonaron los pasajes con tarjeta de crédito pueden consultar al banco o a la emisora por los procedimientos de reclamo ante un servicio no prestado. Esa gestión requiere documentación y su resultado dependerá de las condiciones aplicables a cada operación.

La Ley 25.065 permite cuestionar el resumen dentro de los 30 días de recibido. Ese plazo corresponde a la impugnación de la liquidación y no garantiza, por sí solo, la devolución de los pasajes. Si la compra se hizo mediante una agencia, también puede plantearse el reclamo allí.

Las presentaciones ante Defensa del Consumidor y la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) permiten dejar constancia del incumplimiento. Sin embargo, si el dinero reclamado corresponde a una deuda alcanzada por el concurso, una resolución favorable no habilita a cobrar por fuera de ese proceso.

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