El máximo tribunal aceleró los tiempos y convocó a un acuerdo extraordinario para resolver la cautelar presentada.
Este viernes por la mañana, la Corte Suprema de Justicia se reunió para tratar la Ley de Tierras. La convocatoria la hizo anoche su presidente, Horacio Rosatti, informaron fuentes del tribunal.
El máximo tribunal aceleró los tiempos y convocó a un acuerdo extraordinario para resolver la cautelar solicitada por una asociación ambientalista, dos comunidades indígenas y una legisladora rionegrina.
Fue así que la Corte decidió suspender el artículo 154 del DNU 70/23 que derogaba la Ley de Tierras Rurales, mediante una medida cautelar interina dictada en el marco de una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda.
La decisión fue firmada por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El juez Carlos Rosenkrantz firmó en disidencia.
Como los votos no alcanzaron la unanimidad necesaria para avanzar, el tribunal convocó a los conjueces para desempatar. Los magistrados designados fueron Diego Barroetaveña, de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. Ambos son penalistas con extensa trayectoria judicial.
Barroetaveña, cercano a Rosatti, integra el Consejo de la Magistratura; Pérez Curci es discípulo de Carlos Mahiques, juez de Casación y padre del actual ministro de Justicia.
De acuerdo a lo informado, se dispuso suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez federal de Bariloche competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud de medida cautelar. De esta forma, las limitaciones que la Ley 26.737 imponía sobre la adquisición de tierras por ciudadanos extranjeros vuelven a estar vigentes.
La Asociación Civil Árbol de Pie y otros particulares iniciaron en diciembre de 2023 una acción de amparo colectivo ante la Justicia federal de Bariloche, Leandro Gómez Constella, donde solicitaron que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023, al considerar que la derogación de la Ley 26.737 comprometía el derecho a un ambiente sano y equilibrado, reconocido por el artículo 41 de la Constitución Nacional.
En el pedido sostuvieron que la eliminación de esa legislación ponía en riesgo la utilización racional de los recursos naturales, la preservación de la naturaleza y la diversidad biológica.
Sin embargo, el Juzgado Federal de Bariloche remitió el expediente a la Cámara Federal de La Plata, donde tramitaba otra causa vinculada con la misma disposición del decreto.
Este fallo se firmó días después de que la Corte revocara un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU del presidente Javier Milei que en diciembre de 2023 derogó la ley 26.737.
El nuevo expediente se inició tras la presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Los demandantes pidieron que el máximo tribunal precise si su fallo anterior alcanza también al amparo colectivo que ellos promovieron contra la derogación de la ley.