Aquí te detallamos todo lo que tenés que saber a la hora de transferir dinero para no tener problemas con la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) en enero de 2026.
Recientemente, la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) decidió aumentar los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes. Aquí te contamos lo que nunca hay que hacer al transferir dinero para no tener problemas con el organismo tributario en enero de 2026.
Cabe resaltar que, en relación a lo mencionado en el párrafo precedente, la ARCA especificó que la medida responde a una actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024.
En enero de 2026, para no tener problemas a la hora de transferir dinero es preciso atender a las siguientes pautas:
En relación al primero de los ítems mencionados, es clave conservar aquellos comprobantes que acrediten cada movimiento, incluso cuando se trata de transferencias entre cuentas propias. Si los ingresos no están declarados, la ARCA y las entidades financieras podrían exigir información que explique las operaciones.
Asimismo, cuando un banco o una billetera virtual solicita justificar el origen de los fondos, es obligatorio responder dentro de los plazos establecidos y presentar la documentación correspondiente. Si así no fuera, la operación puede ser reportada como sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Respecto de no realizar operaciones que exceden los montos establecidos, cabe recordar que la ARCA fijó montos máximos o umbrales a partir de los cuales las billeteras virtuales se encuentran obligadas a informar el detalle de las operaciones al organismo tributario. En el caso de transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales, el umbral es de $50.000.000 para personas físicas y de $30.000.000 para personas jurídicas. Asimismo, puntualizó los importes máximos en saldos en billeteras virtuales al último día del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. El tope anterior era de $1.000.000.
Asimismo, detalló otros ítems a considerar:
Es oportuno resaltar que realizar transferencias por montos superiores a los permitidos sin documentación respaldatoria puede dar lugar a controles adicionales o inspecciones.
La ARCA también precisó qué información deberán suministrar las entidades financieras para el caso de que los usuarios excedan los límites señalados precedentemente:
En el caso de una revisión o investigación, la ARCA puede solicitar la siguiente documentación:
Cabe recordar que, con estos montos máximos establecidos, la ARCA no persigue sancionar al pequeño ahorrista, sino prevenir maniobras de lavado de dinero y operaciones fuera del sistema formal. Por ello es que conocer los límites resulta clave para evitar bloqueos en las cuentas de las billeteras virtuales o bien pedidos de justificación de fondos.