La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó este jueves la medida.
Dos marcas de aceite de oliva fueron prohibidas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), según confirmó el organismo a través de sendas disposiciones publicadas en el Boletín Oficial de la Nación de este jueves 8 de agosto de 2024.
En ambos casos las investigaciones se iniciaron por denuncias de particulares y luego de las investigaciones se llegó a la conclusión que eran productos ilegales.
Como suele suceder en estos casos, el aviso de ANMAT dispone que las distintas tiendas a lo largo y ancho del país retiren los productos de sus góndolas, pero en caso que haya demoras, tiene por objetivo también alertar a los compradores.
Por ello, hacemos un repaso por la información de ANMAT con la intención de conocer de primera mano cuáles son las marcas prohibidas para su comercialización.
Mediante la Disposición 7119/2024, publicada en el Boletín Oficial de hoy, la ANMAT decidió: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto Aceite de oliva Extra Virgen de Primera presión en frio, marca Olivos Serranos, RNE: 13-528194, RNPA: 13-821495, Procedencia Mendoza, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento; por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
A través de la Disposición 7120/2024, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT determinó: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto Aceite de Oliva extra virgen, marca Finca Don Emilio, Origen de Mendoza, RNE 13521974 - RNPA 13931647, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Hace apenas una semana, ANMAT prohibió la venta en todo el país de una marca de gomitas de gelatina y otras golosinas importadas, por no contar con los correspondientes registros. Además, fueron declarados "productos ilegales".
De acuerdo con la Anmat se trata de productos que carecen de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA). La decisión fue anunciada mediante la Disposición 6806/2024 pública en el Boletín Oficial.
Por ello, a fin de "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales" de los que "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración" ni "su calidad" la Anmat prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos.
Los productos sin registros ante la Anmat son: