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Sexo en el avión: qué multas y prohibiciones podrían afrontar los pasajeros descubiertos en pleno vuelo

La escena protagonizado por dos personas que se conocieron en el avión, ocurrió durante un vuelo comercial y terminó en un verdadero escándalo.

Una situación insólita ocurrida durante un vuelo comercial hacia Rosario terminó con intervención policial, una causa judicial y varias repercusiones. Un hombre y una mujer, de nacionalidad argentina, fueron descubierto teniendo sexo en sus asientos mientras el avión estaba en pleno vuelo. El escandaloso episodio derivó en un operativo de seguridad apenas la aeronave aterrizó en Santa Fe.

El caso escaló rápidamente porque según trascendió, una menor de edad habría presenciado la escena mientras viajaba junto a su abuela. A partir de ese momento, la tripulación notificó al comandante y se activó el protocolo correspondiente para situaciones consideradas de indisciplina a bordo.

Al llegar al Aeropuerto Internacional de Rosario, efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) aguardaban en pista para demorar a los pasajeros involucrados. La causa quedó caratulada inicialmente como “exhibiciones obscenas” y ahora la Justicia intenta determinar qué tipo de sanciones podrían corresponder.

Qué puede pasarle a una pareja acusada de tener sexo en el avión

Más allá de las repercusiones públicas que tiene el hecho, estas dos personas involucradas podrían tener consecuencias legales. En Argentina, los hechos ocurridos dentro de aeronaves de matrícula nacional quedan alcanzados por el Código Aeronáutico y distintas figuras contempladas dentro del Código Penal.

sexo rosario

El momento en el que los pasajeros son detenidos por tener sexo en el avión.

En este caso, la investigación apunta inicialmente al artículo 129 del Código Penal, vinculado a las exhibiciones obscenas realizadas en espacios públicos o frente a terceros.

La normativa prevé multas económicas de entre $1.000 y $15.000, cifras que actualmente especialistas consideran simbólicas debido a la inflación acumulada en los últimos años.

Sin embargo, el escenario podría complicarse debido a la presencia de una menor entre quienes observaron el episodio. El mismo artículo establece que, si un menor resulta afectado por este tipo de conductas, las penas podrían alcanzar entre seis meses y cuatro años de prisión.

Tras el aterrizaje, la pareja fue trasladada a la comisaría donde intervino el Ministerio Público de la Acusación (MPA). Allí se ordenó la toma de fotografías, fichas y diligencias judiciales. Ahora, la investigación busca determinar si el hecho queda encuadrado como una contravención o si existen elementos para avanzar hacia una imputación penal más grave.

La aerolínea también podría aplicar sanciones severas

Más allá de la causa judicial, el episodio también podría traer consecuencias administrativas importantes para los pasajeros involucrados.

Las aerolíneas poseen mecanismos internos para sancionar conductas que alteren la convivencia o afecten la seguridad operacional del vuelo. Entre ellas aparece la posibilidad de incorporar pasajeros conflictivos dentro de una “no-fly list”, una lista interna que impide volver a contratar vuelos con la compañía.

Además, cuando una conducta distrae a la tripulación o altera el orden dentro de la aeronave, el caso puede quedar encuadrado bajo la figura de “pasajero disruptivo”, contemplada por regulaciones aeronáuticas y administrativas.

El expiloto Jorge Doyle explicó que “el avión es un espacio público” y calificó lo ocurrido como un acto de indisciplina a bordo. También señaló que la compañía aérea posee herramientas para denunciar formalmente este tipo de comportamientos.

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La pareja.

Según indicó, las aerolíneas no toleran episodios que alteren el normal funcionamiento del vuelo, independientemente de si existió consumo de alcohol o si el comportamiento fue deliberado.

Las multas son todavía más duras en Estados Unidos y Europa

El caso ocurrido en Rosario también volvió a poner el foco sobre las sanciones aplicadas en otros países frente a episodios similares dentro de vuelos comerciales.

En Estados Unidos, la Administración Federal de Aviación (FAA) mantiene una política de “tolerancia cero” ante conductas que afecten la seguridad o interfieran con el trabajo de la tripulación. Allí, situaciones de este tipo pueden derivar en multas de hasta u$s37.000 bajo cargos relacionados con interferencia operacional.

Incluso, si el comportamiento obliga a modificar el trayecto o realizar un aterrizaje de emergencia del avión, los pasajeros pueden ser obligados a cubrir gastos operativos y costos de combustible que superan fácilmente los u$s10.000.

Dentro de la Unión Europea, las normas también contemplan multas elevadas y restricciones administrativas para pasajeros considerados problemáticos.

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