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René, un caballo rescatado del abandono y declarado "sujeto de derecho no humano": qué implica

Un juez de Esquel reconoció al animal como ser sintiente y le quitó la guarda a su dueño, que lo tenía sin agua ni comida. Es una decisión inédita en Chubut.

Un juez penal de Chubut declaró formalmente al caballo René como "ser sintiente y sujeto de derecho no humano", en un fallo que hace lugar al planteo de la Agencia de Delitos Ambientales y Maltrato Animal del Ministerio Público Fiscal de la provincia y sienta un importante precedente, ya que es la primera vez que se dictamina algo así en esta jurisdicción.

La resolución de Carlos Richeri , dictada en el marco del Legajo Fiscal N° 66.495, prioriza el bienestar del animal por encima del derecho de propiedad que reclamaba su dueño, un vecino de la localidad de Gualjaina, en el noroeste chubutense, investigado por el presunto abandono del animal.

El proceso arrancó con la denuncia de una empleada municipal de Gualjaina. Según la investigación, el caballo, que en realidad fue rebautizado como René para su identificación procesal, poero del que no se conoce si tenía siquiera un nombre, habría permanecido encerrado al menos dos meses en un predio deshabitado, sin acceso a agua, alimento ni resguardo frente a las bajas temperaturas.

Sin agua ni comida y con “extrema delgadez”

Para el magistrado, el estado crítico de René quedó acreditado a partir de una serie de evidencias concretas.

La Municipalidad de Gualjaina radicó la denuncia inicial, y testigos de la zona confirmaron que el animal carecía de agua y alimento, con una debilidad manifiesta.

Durante un allanamiento policial se constató la ausencia de reservas de forraje en el predio.

El informe de la veterinaria forense describió al equino en un estado de extrema delgadez.

El propio imputado admitió ante la Justicia haber tenido "dificultades" para proveerle agua y pastura a René.

Con ese conjunto de pruebas, el juez Richeri consideró suficientemente acreditado el cuadro de abandono.

Dos posturas frente al fallo

El debate judicial en torno al caso enfrentó posiciones contrapuestas.

La procuradora de fiscalía María Cecilia Bagnato y la fiscal María Bottini solicitaron que René fuera declarado sujeto de derecho no humano y víctima, y exigieron su custodia definitiva a cargo de una ONG proteccionista de la zona.

Carlos Richeri, juez penal de Esquel, Chubut (1)

Carlos Richeri, juez penal de Esquel, Chubut.

La Defensa, en cambio, reconoció la existencia de un "descuido" pero pidió la restitución del caballo al imputado bajo un período de observación, amparándose en el derecho de propiedad tradicional.

El magistrado resolvió a favor de la Fiscalía, entendiendo que el sufrimiento del animal requería de una intervención judicial inmediata.

De "cosa" a "sujeto de derecho"

El eje central de la resolución es una reinterpretación del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN).

Si bien la normativa clasifica a los animales como "cosas" o "semovientes", el juez determinó que el derecho de propiedad no es absoluto y prohíbe su ejercicio abusivo.

La fundamentación se apoyó en la Ley 14.346 de maltrato animal: el fallo señala que "no se puede ser cruel con una cosa", lo que presupone que el animal es un titular capaz de padecer.

La resolución también invocó el artículo 41 de la Constitución Nacional y el artículo 109 de la Constitución de Chubut, que obligan al Estado a preservar la biodiversidad.

La Declaración de Cambridge (2012), que reconoce que distintos animales poseen bases neurológicas asociadas a estados de conciencia, fue otro de los pilares citados.

Antecedentes en la Argentina

También tomó en cuenta dos precedentes históricos. El de la orangutana Sandra, en cautiverio en el zoológcio de Buenos Aires, que en 2014 fue declarada como sujeto de derecho por la Justicia Federal en el primer fallo en ese sentido a nivel global.

El otro antecedente una decisión judicial de 2016, cuando en Mendoza se hizo lugar a un habeas corpus en favor de la chimpancé Cecilia y se ordenó su liberación inmediata.

El juez Richeri había intervenido en el caso por la llamada "Masacre de Punta Tombo" de 2024, cuando se condenó la crueldad hacia pingüinos de esa reserva natural de Chubut en un fallo de trascendencia internacional, y que marcó la primera condena por daño ambiental en la provincia, contra un empresario rural.

El futuro del caballo René

A pesar del reconocimiento que fija precedentes, el tribunal adoptó una postura cauta respecto al destino final del animal.

René permanecerá en guarda provisoria en el predio donde se recupera, bajo estricto control judicial.

El juez no otorgó la custodia definitiva a terceros (en este c aso, la ONG), argumentando que despojar al propietario de su dominio requiere un proceso con mayor producción de pruebas.

Richeri dispuso que ninguna entidad protectora podrá disponer del animal ni entregarlo en adopción hasta que la resolución quede firme.

La calidad de víctima fue concedida, por ahora, en carácter de presunción, a los efectos de mantener la medida cautelar (no devolversela a su dueño).

Pero el estatus definitivo de René como víctima penal se resolverá en las próximas etapas del proceso, cuando la Justicia de Chubut determine la eventual responsabilidad criminal del dueño por el delito de maltrato animal.

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