Una jueza y la defensa acusan la falta de pruebas genéticas que vinculen al tío de la adolescente. La Fiscalía apunta a que la condena quede firme.
La resolución del caso de la adolescente Ludmila Flores, quien sufrió abuso sexual y luego se quitó la vida en Cutral Co, continúa sumando capítulos en una compleja disputa judicial que ahora deberá resolver el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
La discusión gira en torno a un dato clave: dos pericias genéticas determinaron que el ADN hallado en el semen encontrado en la víctima no corresponde a Julio Flores, el tío condenado por un jurado popular, sino a un perfil genético distinto que nunca pudo ser identificado porque el único cotejo realizado fue con el imputado.
A pesar de ello, el Tribunal de Impugnación revocó la nulidad que había declarado la jueza técnica Laura Barbé y restituyó la validez del veredicto de culpabilidad dictado por mayoría contra el único acusado. De este modo, la condena volvió a quedar vigente y el expediente avanzará hacia la determinación de la pena, aunque la defensa busca impedirlo mediante un recurso extraordinario.
Ahora será el TSJ quien deberá decidir si confirma la condena o si, como sostiene la defensa, las dudas sobre la prueba obligan a realizar un nuevo juicio.
La jueza técnica Laura Barbé hizo un control de constitucionalidad frente al veredicto y declaró la nulidad porque no superó el estándar probatorio. Esto significó la recuperación del status de inocencia para el antes condenado, trabajador de Plaza Huincul defendido por Guillermo Guerrero, Gustavo González y Mariano Gambazza.
En su resolución la jueza no cuestionó los hechos que dieron origen a la investigación ni el sufrimiento de la víctima. Lo que puso bajo análisis fue si la prueba presentada durante el juicio alcanzaba para atribuirle la responsabilidad al único acusado más allá de toda duda razonable. De esta manera, revisó el veredicto emitido por el jurado popular y sostuvo que existían inconsistencias y preguntas sin respuesta que impedían avanzar hacia una condena a prisión perpetua.
Uno de los aspectos que consideró más relevantes fue el resultado de las pericias genéticas incorporadas al juicio. Los estudios realizados no lograron vincular al acusado con los rastros biológicos analizados. Por el contrario, surgió un perfil genético distinto que nunca fue identificado, ya que el único cotejo efectuado fue con el imputado.
Pero la jueza no se detuvo únicamente en esa evidencia. En su resolución advirtió que también existían interrogantes sobre la reconstrucción de los hechos y sobre distintos elementos presentados por la acusación que, a su entender, no habían sido esclarecidos durante el debate. Por ejemplo, no se pudo probar dónde se produjo el abuso, de qué manera, precisar a qué hora, ni realizar una imputación congruente.
Barbé recordó que el jurado popular debe resolver a partir de la prueba producida en el juicio y que, cuando se pretende imponer la pena más grave prevista por el sistema penal argentino, corresponde verificar que el veredicto supere el estándar constitucional de certeza. "Ningún sistema acusatorio puede establecer que un juez no controle, que sea ciego, sordo y mudo", citó en uno de los fundamentos de su resolución.
Además, indicó que el veredicto del jurado de 8 sobre 12 evidenciaba que existía una duda razonable. Sobre esa base concluyó que subsistían dudas relevantes respecto de la autoría atribuida al acusado y que esas dudas impedían sostener una condena válida. Por ello declaró la nulidad del veredicto de culpabilidad y dejó sin efecto la audiencia en la que debía fijarse la pena
En este último capítulo de uno de los casos más controversiales de la Justicia de Neuquén en los últimos tiempos, la discusión abordó un tecnicismo. ¿Puede una jueza de garantías y jueza técnica anular el veredicto de culpabilidad decidido por un jurado popular?
Hasta la nulidad dictada por Barbé el caso estaba sin resolverse y requería un nuevo juicio, pero la Fiscalía elevó un pedido de impugnación que fue admitido por el Tribunal de Impugnación (T.I.) integrado por las juezas Estefanía Sauli y Florencia Martini, y el juez Richard. quienes resolvieron “la nulidad de la Resolución de fecha 7 de mayo de 2026, y en consecuencia ordenar el reenvío para que a través de la Oficina Judicial se fije una nueva fecha para llevar adelante la determinación de la pena, con un juez distinto”.
Entre los fundamentos, el T. I indicó que la jueza que anuló el veredicto, Laura Barbé, “se convirtió en el Jurado N° 13", y señaló que anuló el veredicto "bajo el ropaje de no estar superada la duda razonable, previo a proceder de oficio al análisis y valoración de las pruebas. Es decir, la jueza técnica abandonó su rol de directora del proceso y se arrogó de facto la condición de un jurado. Sustituyó la íntima convicción y el sentido común de doce ciudadanos por su propia valoración subjetiva de la prueba”.
En el fallo que fue unánime, el T. I agregó que "la jueza actuó sin competencia. Ello constituye una flagrante violación al debido proceso y a la garantía del juez natural”. Asimismo, planteó que “de convalidarse esta práctica, cualquier juez técnico insatisfecho con la decisión de un jurado popular podría anularla arbitrariamente bajo el pretexto de vicios probatorios, o aduciendo un control de constitucionalidad, vaciando por completo de contenido y vigencia real el mandato constitucional del Juicio por Jurados”.
Durante la audiencia en la que pidió que se revoque la decisión de la jueza, realizada el pasado 29 de mayo, Liotard sostuvo que se “quebrantó el sistema de juicio por jurados”, y requirió la fijación de una nueva audiencia de determinación de la pena ante otro magistrado.
La defensa presentó un recurso extraordinario ante el Tribunal de Impugnación para que el caso sea elevado al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), con el objetivo de que se declare la nulidad absoluta del juicio por jurados, del veredicto de culpabilidad y de la sentencia. En ese planteo, solicitó además que se mantenga la nulidad que había dispuesto oportunamente la jueza técnica del debate, Laura Barbé.
Según argumentó Guillermo Guerrero, uno de los abogados defensores, a LM Neuquén existe una "gran contradicción" en la resolución del Tribunal de Impugnación. Sostuvo que ese órgano rechazó los fundamentos de la jueza de primera instancia, dejó sin efecto la nulidad que había decretado y, de ese modo, desplazó del análisis a la magistrada que presenció íntegramente el juicio por jurados y tuvo contacto directo con la prueba producida durante el debate.
Para la defensa, el caso requiere un control de constitucionalidad porque la Fiscalía no logró acreditar la acusación más allá de toda duda razonable. En ese sentido, invocó el principio de "in dubio pro reo", que establece que cualquier duda debe resolverse en favor de la persona imputada.
Otro de los cuestionamientos apunta a las facultades procesales del Ministerio Público Fiscal. El defensor sostuvo que el Código Procesal Penal neuquino no le otorga a la Fiscalía la posibilidad de impugnar la nulidad de un veredicto de jurado popular. "Si el legislador hubiera querido otorgarle esa atribución, lo habría establecido expresamente", afirmó. En esa línea, consideró que el Tribunal de Impugnación habilitó una vía recursiva que no existe en la normativa vigente.
Respecto de la actuación de la jueza técnica Laura Barbé, la defensa remarcó que sí está previsto en la legislación el control de constitucionalidad que ella ejerció. Rechazó además las críticas que señalan que la magistrada habría valorado prueba como si integrara el jurado. Según explicó, Barbé no reemplazó la decisión de los jurados sino que verificó si el veredicto cumplía con las garantías constitucionales exigidas para una condena.
El planteo también pone el foco en la gravedad de la pena en juego. La defensa sostuvo que, tratándose de una condena a prisión perpetua, no alcanza únicamente con la decisión de un jurado popular, sino que debe existir un control judicial estricto sobre la suficiencia y calidad de la prueba. "Para que una persona vaya presa de por vida no puede existir ninguna duda", señaló.
Los abogados también apuntaron contra distintas líneas investigativas que, según sostienen, fueron descartadas prematuramente. Entre ellas mencionaron a un profesor de la adolescente que mantenía contacto con ella a través de redes sociales e interactuaba frecuentemente con sus historias "con corazones". Esa persona fue convocada como testigo durante el juicio, aunque fue descartada como sospechosa porque se encontraba de viaje al momento de los hechos.
La defensa sostiene que esa línea de investigación nunca fue profundizada adecuadamente y recordó que las pericias informáticas realizadas sobre teléfonos celulares y computadoras secuestradas durante la investigación nunca fueron dadas a conocer públicamente. Incluso aseguró que esos dispositivos continúan bajo resguardo judicial.
También cuestionó que no se profundizara una investigación vinculada a transferencias de importantes sumas de dinero que la adolescente habría recibido en su cuenta de Mercado Pago. Por otra parte, denunció presuntas irregularidades en la conformación del jurado popular. En particular, señaló que una de las integrantes sería hija de Mariana Herrera, una víctima de la explosión de la refinería New American Oil (NAO), una causa que por aquel entonces aún esperaba respuestas judiciales de parte del Ministerio Público Fiscal y podria haber influido.
Con el recurso extraordinario ya presentado, el expediente ingresó en una nueva etapa. Será ahora el Tribunal Superior de Justicia quien deberá definir si la condena dictada por el jurado popular queda firme o si las dudas planteadas sobre la prueba obligan a retrotraer el proceso y realizar un nuevo juicio.
La decisión no sólo determinará el futuro del acusado, sino que también podría fijar un criterio sobre los límites del control que pueden ejercer los jueces técnicos frente a los veredictos de los jurados populares en Neuquén.
Pero ademas, podria significar todavia mas conmocion para la familia de la victima, que segun expresaron sus abogados, si la condena a Flores queda firme y no se realiza una nueva investigacion y un nuevo juicio, no podran saber la verdad sobre quien abuso a Ludmila.