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Dos abusadores fueron sentenciados esta semana a prisión efectiva

Uno de los abusadores es de la capital neuquina, mientras que el segundo es de Zapala. Fueron condenados por abusos sexuales contra niñas.

Dos abusadores ya declarados responsables por su respectivo accionar en dos causas distintas, fueron sentenciados esta semana a penas de prisión efectiva. Se trata de dos hombres de distintos puntos de la provincia.

En el primer caso, un tribunal colegiado impuso en las últimas horas 11 años de prisión efectiva a un hombre identificado como "E.E.C", quien fue declarado penalmente responsable por abusar sexualmente de una niña que era parte de su entorno familiar, en la ciudad de Neuquén.

Durante el juicio de cesura, el fiscal del caso Gastón Medina había solicitado que se le impongan 12 años de prisión, además de su inscripción en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS). Por su parte, la defensa requirió que se aplique el mínimo previsto.

De acuerdo con la acusación que acreditó el Ministerio Público Fiscal, los hechos fueron cometidos en reiteradas oportunidades entre 2013 y 2021, desde que la víctima era una niña y hasta su adolescencia.

Para cometer los abusos sexuales, el abusador ejercía violencia y amenazaba a la víctima con que enviaría a su madre al hospital si contaba lo ocurrido.

Gastón Medina Fiscal

Los delitos por los cuales fue condenado son abuso sexual simple en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, ambos continuados y triplemente agravados por el vínculo, la guarda y la convivencia preexistente, en carácter de autor.

Antes del inicio del juicio de responsabilidad, el imputado se mantuvo prófugo durante un año, por lo que el proceso se demoró hasta que fue ubicado y detenido.

Tras analizar los pedidos de las partes, el tribunal, integrado por la jueza Carina Álvarez y los jueces Marco Lupica Cristo y Juan Pablo Encina, valoró como agravantes la pluralidad de hechos y de conductas, el modo de comisión, la prolongación en el tiempo y la extensión del daño causado a la víctima, entre otros aspectos.

Como atenuante, sólo consideró la ausencia de antecedentes penales computables. Además, los jueces ordenaron la inscripción del condenado en el RIPeCoDIS.

Si bien fue declarado responsable y condenado, el nombre del imputado se mantiene con iniciales para resguardar la identidad de la víctima y evitar su identificación.

Abusador zapalino

Por otro lado, la fiscal del caso de la III Circunscripción, Laura Pizzipaulo, solicitó que un hombre sea condenado a 13 años de prisión efectiva por haber abusado sexualmente de una adolescente de su entorno familiar. Tras deliberar y evaluar agravantes y atenuantes, el tribunal finalmente le impuso una pena de 10 años.

Durante la audiencia realizada el martes, el Ministerio Público Fiscal recordó que el acusado, identificado por sus iniciales "E.A.C.", había sido declarado responsable por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente, en modalidad de delito continuado.

Lo que se probó fue que "E.A.C" abusó sexualmente de una adolescente de su círculo familiar en reiteradas oportunidades, entre agosto y septiembre de 2024, en el domicilio donde convivían en Zapala, aprovechando su influencia sobre ella. Los hechos, afirmó la fiscal del caso, fueron cometidos mediante intimidación, lo que facilitó al condenado las condiciones para el sometimiento.

fiscal laura pizzipaulo

Para fundamentar el pedido de pena tras la declaración de responsabilidad, Pizzipaulo remarcó como agravantes la diferencia de 29 años entre "E.A.C." y la adolescente, la situación de vulnerabilidad de esta última, el carácter continuado de los abusos y la extensión del daño causado. En este sentido, destacó las consecuencias psicológicas sufridas por la víctima, quien atravesó un estado de temor persistente, aislamiento social y dificultades para sostener su escolaridad, lo que incluso derivó en la necesidad de acompañamiento terapéutico.

Como único atenuante, la fiscalía mencionó la falta de antecedentes penales del acusado.

Por su parte, la querella solicitó una pena de 15 años de prisión, mientras que la defensa pidió el mínimo de la escala penal, de 8 años, y cuestionó la valoración de los agravantes.

Al momento de resolver, el tribunal —integrado por Leticia Lorenzo, Bibiana Ojeda e Ignacio Pombo— impuso 10 años de prisión efectiva. Para ello, consideró como agravantes el carácter continuado del delito, la diferencia etaria entre imputado y víctima, la presencia de más de una circunstancia agravante en la calificación legal y la extensión del daño causado.

tribunales-zapala -VALIDA 1200-

La fiscalía de Zapala le formuló cargos al ladrón "vintage" de esa ciudad neuquina.

Los jueces también evaluaron que las consecuencias del hecho en la víctima fueron acreditadas a partir del testimonio profesional incorporado en la audiencia, que dio cuenta de un cuadro de ansiedad, temor y pérdida de autonomía tras los hechos.

Dado que aún resta atravesar las instancias de impugnación, se dispuso la prórroga por 60 días de las medidas de protección vigentes, que incluyen la prohibición de acercamiento y de contacto del condenado con la víctima y su madre, hasta que se dicte la ejecución de la pena.

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