"Sánchez no mató a Azul por lo que hizo, sino por lo que es": el alegato de la Fiscalía en el cierre del juicio por el transfemicidio

El fiscal Agustín García expuso los argumentos por los que considera acreditada la responsabilidad de Sánchez en el crimen. Este lunes se conocerá el veredicto del jurado popular.

sanchez no mato a azul por lo que hizo, sino por lo que es: el alegato de la fiscalia en el cierre del juicio por el transfemicidio

En el cierre del juicio por el transfemicidio de Azul Semeñenko, la Fiscalía pidió al jurado popular que declare culpable a Roberto Daniel Sánchez por homicidio agravado por ensañamiento, odio o prejuicio hacia la identidad de género y violencia de género.

Es parte de los alegatos finales que se desarrollan este lunes 19 de octubre mientras una multitud acompaña el juicio tanto dentro de la Sala 12, como fuera en Ciudad Judicial. La campaña Justicia por Azul convocó a trabajadoras del Centro de Atención a la Víctima donde Azul era cafetera, así como sindicatos docentes y ATE.

La Fiscalía, representada por el fiscal jefe Agustín García, con la participación de la asistente letrada Agustina Jarry, expuso los argumentos por los que considera acreditada la responsabilidad de Sánchez en el crimen. La investigación estuvo a cargo de la fiscal del caso Guadalupe Inaudi.

La acusación solicitó que Sánchez sea declarado culpable de homicidio agravado por tres circunstancias: ensañamiento, odio o prejuicio por la identidad de género de la víctima y violencia de género, por tratarse de un hombre que mató a una mujer mediando ese contexto de violencia.

El eje del alegato fue la reconstrucción de lo ocurrido durante la madrugada del 25 de septiembre de 2025, cuando Azul ingresó a la vivienda de Sánchez, ubicada en Copahue al 1100, en Neuquén. Para la Fiscalía, la evidencia reunida durante la investigación y expuesta en el juicio permite establecer qué sucedió dentro de esa casa, cómo fue el ataque y cuáles fueron las maniobras posteriores para ocultar el cuerpo.

La reconstrucción de la madrugada del crimen

García comenzó por las imágenes de las cámaras de seguridad que permitieron reconstruir los movimientos de Azul y de la camioneta Ford Ranger blanca de Sánchez. Según expuso, a la 1.43 se observa el vehículo aproximarse y, a la 1.50, ingresar con Azul. Ese fue también el último registro de actividad del teléfono celular de la víctima.

Para la acusación, esa secuencia permitió establecer el punto de contacto entre ambos y ubicar a Azul en la vivienda del imputado durante la madrugada en la que fue asesinada.

El fiscal repasó después los movimientos de Sánchez durante el resto del día. Según las filmaciones analizadas en el debate, una de sus hijas fue a la casa alrededor de las 8 de la mañana y él salió a llevar a los niños al colegio. Más tarde recibió a su expareja, Carola Araneda, y continuó con su actividad habitual. Durante la jornada trabajó en la gomería hasta cerca de las 22.

García destacó que las cámaras lo mostraron con el torso desnudo y sin lesiones visibles, un dato que contrapuso con la hipótesis de una agresión mutua planteada por la defensa.

La Fiscalía sostuvo que Sánchez mantuvo su rutina durante el día y que, en la madrugada del 26 de septiembre, realizó una serie de maniobras para sacar el cuerpo de la vivienda sin ser descubierto.

De acuerdo con la reconstrucción presentada, alrededor de las 3.30 golpeó con la puerta trasera del conductor la puerta de ingreso a su casa. Antes de salir, miró hacia ambos lados de la calle. Luego apagó la luz durante los aproximadamente 15 minutos que le llevó cargar el cuerpo de Azul en la camioneta. Una vez que terminó, volvió a encenderla y se retiró.

El cuerpo estaba envuelto en un gazebo y atado con cuerdas y alambres. La camioneta fue captada por un dispositivo de lectura de patentes cercano al aeropuerto y, posteriormente, por una cámara ubicada en las inmediaciones de una antena de telefonía en Río Colorado.

La secuencia reconstruida por la Fiscalía ubicó el descarte del cuerpo en un canal de desagüe en la zona de Pergamino, en el límite entre Neuquén y Plottier, a unos 16 kilómetros de la vivienda.

Azul fue encontrada el 14 de octubre. El cuerpo no estaba a simple vista y su hallazgo se produjo de manera fortuita, cuando un vecino guiado por su perro llegó hasta el lugar. Para García, el modo en que fue abandonado el cuerpo constituyó otra evidencia de la intención de ocultar el crimen.

El fiscal también señaló que, durante la madrugada del 27 de septiembre, Sánchez trasladó el colchón y lo lavó. Para la acusación, esa conducta se sumó a las maniobras destinadas a eliminar rastros del ataque.

Las pruebas de sangre y las 25 lesiones

Uno de los tramos centrales del alegato estuvo dedicado a la evidencia forense obtenida en la vivienda de Copahue al 1100 y en la camioneta.

Durante el allanamiento realizado el 18 de octubre, los peritos encontraron manchas de sangre en distintos sectores de la casa, entre ellos el televisor, las sábanas, la funda de la cama y el colchón. También se detectaron rastros en la camioneta, incluso en sectores donde la sangre había sido lavada y debió utilizarse la técnica de Bluestar para hacerla visible.

Según explicó García, el análisis de las manchas permitió reconstruir la dinámica del ataque y establecer que la sangre correspondía a Azul. La distribución de los rastros, por goteo, proyección y transferencia, fue presentada como evidencia de que la agresión ocurrió principalmente en el dormitorio principal.

La acusación rechazó así la versión de que el episodio se hubiera desarrollado en distintos sectores de la casa o que hubiera existido una pelea en la que ambos se agredieron.

La autopsia, realizada por el médico forense Gerez, determinó que Azul tenía al menos 25 lesiones provocadas por armas blancas, además de fracturas en el rostro, la mandíbula, las costillas y los antebrazos. Algunas lesiones no pudieron establecerse con precisión debido al estado de putrefacción del cuerpo.

Dos heridas tenían entidad mortal: una comprometió el corazón y otra la aorta. Sin embargo, para la Fiscalía, la gravedad del caso no se agota en las lesiones que causaron la muerte, sino que también debe analizarse la cantidad de heridas, su distribución y la violencia ejercida sobre el cuerpo.

García hizo hincapié en las lesiones defensivas, que interpretó como señales de que Azul intentó protegerse de la agresión. También sostuvo que la ausencia de lesiones recientes en Sánchez, constatada en el examen médico realizado después de su detención, contradice la hipótesis de una agresión recíproca.

La acusación consideró que la combinación de las manchas de sangre, las fracturas, las lesiones de arma blanca y la disposición de los rastros en la habitación permite reconstruir una secuencia en la que Azul intentó defenderse mientras el ataque continuaba.

Ensañamiento: la violencia que excedió el acto de matar

Para fundamentar la agravante de ensañamiento, García retomó la declaración del médico forense, quien describió la cantidad y la violencia de las lesiones y señaló la existencia de overkill: un número de lesiones muy superior al necesario para provocar la muerte.

El fiscal explicó que, desde la perspectiva de la acusación, el ensañamiento se configura por la producción deliberada de un sufrimiento innecesario. En ese sentido, destacó que no todas las heridas tenían entidad mortal y que algunas fracturas y lesiones provocaron un padecimiento adicional.

También se refirió a las lesiones en el rostro y a la posibilidad de que algunas se hubieran producido después de la muerte. Para la Fiscalía, incluso esa hipótesis no excluye la violencia ejercida sobre la víctima y puede vincularse con el intento de ocultar o borrar los rasgos de su identidad.

El alegato retomó, además, la explicación del médico forense sobre las distintas formas de overkill. El profesional había caracterizado el caso como de tipo sádico, una interpretación que García vinculó con los indicadores de crímenes de odio contra personas del colectivo LGBT.

La acusación sostuvo que la cantidad de heridas, la utilización de distintos elementos, la fuerza aplicada y el tratamiento posterior del cuerpo debían evaluarse de manera integral, sin aislar cada indicio del resto de la evidencia.

Por qué la Fiscalía sostuvo que fue un crimen de odio

La acusación también buscó demostrar que la identidad de género de Azul no era un dato ajeno al homicidio. Para ello, retomó los testimonios de la antropóloga Josefina Fernández, de la activista y referente trans María Belén Correa y del especialista en criminalística que declaró durante el juicio.

García describió las condiciones de vulnerabilidad que atraviesan muchas mujeres trans: expulsión de sus hogares, discriminación en las escuelas, dificultades para acceder al trabajo formal y al sistema de salud, y exposición a distintas formas de violencia en el ejercicio del trabajo sexual.

En ese contexto, señaló que Azul trabajaba en la vía pública, estaba sola y atravesaba dificultades económicas. La Fiscalía sostuvo que esa situación de vulnerabilidad, sumada a la relación entre una trabajadora sexual y un cliente dentro del domicilio de este último, configuraba una marcada desigualdad de poder.

El fiscal también destacó que varias trabajadoras sexuales que declararon durante el debate describieron situaciones de violencia y señales de peligro que aprendieron a reconocer a partir de sus experiencias. Esos testimonios fueron utilizados para contextualizar los riesgos a los que estaban expuestas y la dificultad de pedir ayuda o escapar en determinadas circunstancias.

La acusación vinculó esos elementos con la violencia extrema ejercida sobre el cuerpo de Azul, el modo en que fue ocultado y descartado y las expresiones discriminatorias que, según expuso García, surgieron de las comunicaciones telefónicas incorporadas a la causa.

Entre ellas, mencionó expresiones despectivas hacia las personas trans y referencias del imputado a que era la primera vez que estaba con una mujer trans. Para el fiscal, esos elementos debían contrastarse con la versión que Sánchez transmitió a través de la declaración del psiquiatra y con los testimonios de personas que afirmaron que tenía vínculos con mujeres trans.

La Fiscalía planteó que el prejuicio no se demuestra únicamente por la existencia de un vínculo sexual, sino que debe analizarse a partir del trato hacia la víctima, las expresiones utilizadas, la violencia desplegada y la conducta posterior al crimen.

El rechazo a la hipótesis de la emoción violenta

Otro de los puntos centrales del alegato fue la refutación de la hipótesis defensiva según la cual Sánchez habría actuado bajo un estado de emoción violenta.

El imputado no declaró durante el juicio. La Fiscalía sostuvo que esa versión apareció de manera indirecta a través de lo que Sánchez le manifestó al psiquiatra que lo examinó.

García cuestionó que se intentara explicar el ataque a partir de un supuesto episodio desencadenante relacionado con Azul, su consumo de sustancias o una presunta agresión previa. Según la acusación, no hubo pruebas que respaldaran esa reconstrucción.

El fiscal retomó la declaración del psiquiatra y sostuvo que no se acreditaron los elementos necesarios para establecer un estado de emoción violenta. Señaló que la conducta posterior de Sánchez —mantener su rutina, retirar el cuerpo durante la madrugada, trasladarlo envuelto y atado, lavar el colchón y la camioneta y hacer desaparecer el teléfono de Azul— era incompatible, a criterio de la Fiscalía, con la explicación propuesta por la defensa.

También rechazó la hipótesis de una agresión mutua. Para la acusación, la evidencia médica y criminalística mostró a una víctima con numerosas lesiones defensivas y a un imputado que no presentaba lesiones recientes que respaldaran la existencia de un forcejeo como el que describió.

García cuestionó, además, el argumento de que Sánchez hubiera reaccionado para defenderse de una amenaza. La Fiscalía consideró que esa explicación no tenía sustento en los rastros de sangre ni en la reconstrucción de la escena.

En relación con la neurosífilis mencionada durante el debate, el fiscal sostuvo que esa hipótesis no había sido respaldada por los antecedentes médicos presentados y la interpretó como un intento de construir una explicación alternativa para el ataque.

Las críticas a los testigos de la defensa

El fiscal jefe Agustín García dedicó una parte importante de su alegato a cuestionar la credibilidad de algunos testigos convocados por la defensa. Señaló contradicciones entre sus declaraciones, vínculos con el entorno de Sánchez que, según sostuvo, no habían sido explicitados y relatos que consideró incompatibles con otras pruebas incorporadas al juicio.

Uno de los cuestionamientos estuvo dirigido a una vecina, quien había declarado que el portón de la vivienda de Sánchez estaba bloqueado. García puso en duda su relato y remarcó que, según había manifestado, nunca

había ingresado a la casa. El fiscal contrastó esa declaración con otros testimonios y con los antecedentes vinculados a una trabajadora sexual trans, quien había mencionado ese acceso al relatar que Sánchez la había llevado para un trabajo sexual y había escapado del lugar por ese portón de calle Huerquén.

Para la Fiscalía, resultaba llamativo que la vecina aportara información sobre un sector de la vivienda que, según su propia declaración, no conocía desde adentro. García cuestionó esa coincidencia y la utilizó como argumento para poner en duda la consistencia de su testimonio.

El fiscal también apuntó contra Carola Araneda, expareja de Sánchez, cuya declaración había sido uno de los puntos controvertidos de las últimas jornadas. García retomó las comunicaciones telefónicas incorporadas al juicio en las que Araneda le había indicado a su hija Daniela que, si debía declarar ante la Fiscalía, no dijera que Sánchez la golpeaba porque eso podía perjudicarlo.

Durante el debate, la mujer reconoció la conversación, aunque ofreció una explicación vinculada con las prácticas sexuales que mantenía con el acusado. Sin embargo, para la Fiscalía, el contenido del audio debía confrontarse con esa justificación y con los antecedentes de violencia de género que surgieron durante el juicio. La grabación había dejado registrada la indicación de que no mencionara las agresiones físicas, bajo el argumento de que eso podía “hundir” a Sánchez.

García cuestionó que se intentara relativizar ese intercambio y sostuvo que la explicación de Araneda no resultaba convincente frente a las palabras que habían quedado registradas. El episodio fue presentado por la acusación como un elemento relevante para evaluar la credibilidad de su declaración y el modo en que el entorno del imputado abordaba la posibilidad de que se conocieran hechos de violencia.

Otro de los testimonios cuestionados fue el de una trabajadora sexual trans que fue la única que habló a favor de Sánchez. El fiscal señaló que inicialmente había negado haber recibido dinero y que luego reconoció que el defensor Ezequiel Leanza le había entregado fondos. También cuestionó su animosidad hacia Azul y las contradicciones que, a criterio de la acusación, aparecieron durante su declaración.

García planteó que el jurado debía analizar esos testimonios en relación con el resto de la prueba y prestar atención a los posibles intereses de quienes declararon, sus vínculos con el acusado y las diferencias entre sus relatos y otros elementos incorporados al debate.

En términos más amplios, la Fiscalía cuestionó los intentos de presentar a Sánchez como una persona ajena a conductas violentas y de desacreditar a Azul a partir de su identidad de género, su actividad laboral o el consumo de sustancias. Frente a esa estrategia, el fiscal contrapuso los testimonios sobre episodios de violencia, las comunicaciones telefónicas y la evidencia forense.

También recordó las amenazas denunciadas por algunas testigos y explicó que, según expuso durante el alegato, determinadas situaciones de vulnerabilidad y temor condicionaron la posibilidad de convocar a otras personas al debate.

La acusación pidió que esas circunstancias fueran evaluadas junto con el conjunto de la prueba, sin tomar de manera aislada los relatos que favorecían la versión de la defensa.

El pedido de culpabilidad

En el tramo final, García retomó los principales elementos que, para la acusación, permiten sostener las tres agravantes: la violencia física extrema y las lesiones que excedieron las necesarias para provocar la muerte, los indicadores de odio o prejuicio vinculados con la identidad de género de Azul y el contexto de violencia de género en el que ocurrió el homicidio.

El fiscal sostuvo que la prueba debía evaluarse de manera integral: las cámaras de seguridad, las manchas de sangre, la autopsia, el traslado y descarte del cuerpo, las comunicaciones telefónicas y los testimonios que permitieron reconstruir tanto el vínculo entre Azul y Sánchez como las circunstancias posteriores al crimen.

La Fiscalía pidió al jurado popular que declare a Roberto Daniel Sánchez culpable del homicidio agravado de Azul Semeñenko por ensañamiento, odio o prejuicio hacia su identidad de género y violencia de género.

Tras once jornadas de debate, la decisión quedó en manos del jurado popular, que deberá determinar si la acusación logró probar la responsabilidad penal del imputado por los delitos que le atribuye.

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