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Violación grupal en Rincón de los Sauces: quiso zafar del juicio pero ordenaron un informe médico

Un hombre está bajo sospecha por un abuso ocurrido en 2020 y que tuvo como víctima a una joven contactada por Facebook. Por el hecho, hay tres condenados.

Una defensora buscó que un hombre que participó de una violación grupal en Rincón de los Sauces sea sobreseído, pero un juez de garantías rechazó su pedido y el imputado deberá ser entrevistado por los profesionales del Gabinete de Psiquiatría y Psicología del Poder Judicial provincial. Por el hecho, ocurrido el 19 de septiembre de 2020, fueron condenados tres hombres a 8 años y medio de cárcel efectiva. A la víctima la contactaron a través de Facebook y, luego de alcoholizarla en la casa de uno de ellos, la atacaron sexualmente.

En una audiencia desarrollada el miércoles, un juez de garantías rechazó una petición de sobreseimiento realizada por la defensa de un hombre, acusado de abuso sexual con acceso carnal. La solicitud estuvo fundamentada en un fallo de una jueza de Familia mendocina, que declaró la restricción de la capacidad civil del imputado.

Luego de escuchar el planteo de la defensora y la oposición del Ministerio Público Fiscal (MPF), el magistrado resolvió no hacer lugar a la petición y solicitar la colaboración de las partes para que el imputado pueda ser entrevistado por los profesionales del Gabinete de Psiquiatría y Psicología, y el Cuerpo Médico Forense.

fiscalía de Rincón de los Sauces.

La audiencia de acusación por el crimen de Juan Domingo Godoy se realizó en la sede judicial de Rincón de los Sauces.

El juez Juan Pablo Encina indicó que, si bien existe una declaración de restricción de la capacidad civil, se debe analizar si esa decisión “tiene injerencia en el fuero penal y, si la tiene, cuál es”. Y continuó explicando que “la restricción de la capacidad no implica una ausencia de punibilidad”, dado que esta “se refiere a algo que exime a la persona de entender lo que pasó en el momento del hecho y, por otro lado, la restricción implica una limitación a ejercer ciertos derechos”. En este marco, afirmó que el pedido no se puede enmarcar en el artículo 160 del Código Procesal Penal, que es el que determina los supuestos para dictar el sobreseimiento.

Asimismo, se refirió al planteo de la fiscal del caso, quien manifestó la imposibilidad de tener un control fehaciente acerca de cómo la jueza mendocina llegó a la mencionada resolución, y conminó a las partes a trabajar conjuntamente para que el acusado pueda ser analizado por los profesionales médicos del Poder Judicial.

Invitaron a la víctima por Facebook

En el juicio oral realizado el año pasado, la fiscalía concentró la acusación en tres de los implicados y se encargó de hacer un repaso de los hechos. Según su investigación, el 19 de septiembre de 2020, entre las 16:30 y las 19, los tres imputados abusaron sexualmente de la víctima en una vivienda, propiedad de uno de los hombres y ubicada en la ciudad de Rincón de los Sauces. La joven, que presenta una discapacidad, había ido al lugar tras ser invitada por uno de los hombres a través de una charla por Facebook. Apenas llegó a la casa, le dieron para consumir bebidas alcohólicas.

En ese contexto y una vez que la víctima estuvo alcoholizada, los acusados aprovecharon su estado de vulnerabilidad para cometer los abusos de forma sucesiva.

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Los condenados fueron identificados por sus iniciales como "R.M.G", "L.M.H" y "F.A.V". Tras el juicio, fueron declarados responsables como coautores del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por el concurso de dos o más personas.

La fiscalía pretendía 15 años de cárcel

En la audiencia de cesura, la fiscal Rocío Rivero reclamó un castigo contundente de 15 años. En este sentido, planteó una serie de agravantes al tribunal, entre ellos, la condición de discapacidad de la mujer que sufrió la agresión sexual.

Sin embargo, el tribunal no tuvo en cuenta este agravante, por considerar que la fiscalía no probó que los condenados sabían de esa condición de vulnerabilidad de la víctima y se aprovecharon de ella. Para el tribunal, “la fiscalía no lo acreditó con el grado necesario”, sostuvo el presidente de ese cuerpo, el juez Marco Lupica Cristo.

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