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Violencia de género: condenan a 6 años de prisión por mantener cautiva a su pareja por más de 30 horas

El grave hecho de violencia de género tuvo lugar en septiembre del año pasado, en la vivienda en la que ambos convivían.

Un violento de Neuquén que tuvo secuestrada a su pareja por más de 30 horas, la golpeó y violó, fue condenado esta semana mediante un acuerdo de partes. El imputado aceptó su responsabilidad por el grave hecho de violencia de género y una pena de prisión efectiva posiblemente menor a la que recibiría en juicio.

El fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz presentaron un acuerdo pleno este jueves durante una audiencia, mediante el cual un varón -identificado como "A.C.M.B"- fue declarado penalmente responsable por mantener encerrada a una mujer durante más de 30 horas, golpearla y abusarla sexualmente. Además, contempla la imposición de una pena de 6 años de prisión.

Durante la audiencia, realizada en la Ciudad Judicial, el fiscal y la asistente letrada describieron que el hecho por el cual el violento admitió su responsabilidad fue cometido entre el 7 y el 8 de septiembre de 2024. En ese lapso, el acusado mantuvo privada de la libertad a una mujer -que en ese momento era su pareja- por aproximadamente 32 horas, en la vivienda donde ambos convivían, ubicada en un barrio de la ciudad de Neuquén.

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En ese período en el que retuvo a la mujer en la vivienda, "A.C.M.B" golpeó a la víctima y le provocó lesiones, le impidió salir de la casa, la ató y abusó sexualmente; y además, le rompió el teléfono celular. La mujer logró escapar de la vivienda luego de pedir ayuda a los vecinos y vecinas del barrio.

El violento será inscripto como abusador

Los delitos que Islas y Muñoz le atribuyeron al imputado por estos hechos son privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con violencia, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal reiterados y daño simple, coacción agravada y lesiones leves calificadas por el vínculo, todo en carácter de autor.

Para arribar al monto de pena acordado, de 6 años de prisión efectiva, los representantes de la Unidad Fiscal de Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales valoraron como circunstancias agravantes principalmente la extensión del daño causado a la víctima y el modo de comisión, entre otros. En referencia a las atenuantes, mencionaron que tuvieron en cuenta que el violento no tiene antecedentes penales computables y que asumió su responsabilidad.

Finalmente, y también como parte del acuerdo, las partes pidieron que "A.C.M.B" sea inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPECoDIS) y renunciaron a los plazos recursivos, para que la pena quede firme más rápido y pueda comenzar a ejecutarse.

Tras escuchar a las partes, Luis Giorgetti, el juez que estuvo a cargo de la audiencia de procedimiento abreviado, homologó el acuerdo presentado por las partes, declaró la responsabilidad penal y fijó la condena en 6 años de prisión efectiva. Además, el magistrado tuvo presente la renuncia de las partes a los plazos y ordenó la inscripción del condenando en el RIPECoDIS.

Si bien "A.C.M.B" fue declarado responsable y condenando, su identidad se reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima y su grupo familiar.

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