General Roca > Susana Freydoz deberá pasar 18 años en prisión por haber matado a su esposo, el gobernador Carlos Soria, con un revólver calibre 38. El fallo de ayer también ordena la prisión preventiva de Freydoz, quien deberá, por el momento, cumplir la detención en el actual centro de atención en el que realiza el tratamiento médico.
El tribunal indicó que será el juez de instrucción, que ordenó el tratamiento médico oportunamente, quien determine cómo sigue el mismo. El fallo de los jueces fue por mayoría con disidencia parcial. En concreto, los jueces Carlos Gauna Kroeger y Fernando Sánchez Freytes coincidieron en la fijación de la pena, de 18 años, debido a algunas circunstancias extraordinarias de atenuación. Pero fue la jueza María Evelina García la que, en un voto más duro, pidió que Susana Freydoz fuera condenada a prisión perpetua.
Los tres magistrados coincidieron en descartar la emoción violenta y cualquier otra figura de atenuación propuesta por la defensa, a cargo de Alberto Richieri, y es por ese motivo que la condenaron por homicidio calificado por el vínculo agravado por el uso de armas.´
Los jueces desestimaron todo tipo de problema mental y psíquico, trastornos, exceso de consumo de alcohol y de fármacos (Alplax), o bien un disparo accidental e involuntario.
Como coincidieron los jueces en varios pasajes del fallo, Susana Freydoz actuó comprendiendo la criminalidad y la dirección de sus actos.
En cuanto a las circunstancias extraordinarias de atenuación que votaron Gauna Kroeger y Sánhez Freytes, y que permitieron que la máxima pena por ese delito fuera de 18 años, se citó la idea obsesiva de los celos y todo el estado que generó esa situación en Freydoz, sumado a las sospechas y a los distintos elementos que, como las peleas reiteradas en el matrimonio, y hasta, como le dijo Freydoz al perito psicológico, el abandono de la terapia con un psicólogo por los planteos de Soria de que tuviera cuidado con lo que le ventilaba al profesional.
En esa noche, como dijo Gauna Kroeger en su voto, recordó algunos de los términos que caracterizaron a la pelea antes del disparo. “Basta Susana, estás loca, me tenés harto; a la mañana agarro las cosas y me voy” habría sido lo que dijo Soria a Freydoz, cuando ésta lo incriminó por varias cosas, entre ellas por no haber brindado con ella sobre el fin de año.
Gauna Kroeger sostuvo, en relación al planteo de inimputabilidad que no están dadas ninguna de las circunstancias que prevé el marco jurídico para ese tipo de figura legal.
Sánchez Freytes, quien coincidió en el voto por la pena de 18 años, indicó que la circunstancia extraordinaria de atenuantes fue por su estado de alteración por los celos y el dolor.