ver más

Un fallo permite que De la Rúa no pague Ganancias

El Tribunal Fiscal hizo lugar a un reclamo del ex presidente para que no se le aplique el impuesto en su pensión vitalicia especial.

Un indignante falló de una dependencia del Poder Ejecutivo abriría la puerta para que ninguno de los ex presidente tribute sus jubilaciones en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), como si hacen los otros trabajadores, jubilados y pensionados del país, a excepción de los funcionarios judiciales.

El Tribunal Fiscal de la Nación falló a favor de Fernando de la Rúa, quien había solicitado que su pensión vitalicia especial, por haber sido presidente, no tribute el 35% de ganancias.

De la Rúa argumentó -y el Tribunal Fiscal apoyó- que su pensión de $ 176.000 por mes debía asimilarse a la remuneración que cobran los ministros de la Corte Suprema, con todos sus beneficios, y que, por tanto, si los jueces supremos no pagan Ganancias, él tampoco debería padecer esa quita, que, con intereses, acumula ya varios millones de pesos.

El Tribunal Fiscal debe aclara que este fallo no fija un precedente, que permitiría a otros ex presidente solicitar este beneficio. Igualmente, esta medida debe ser ratificada por la justicia, donde ya hizo una presentación la AFIP.

Para la AFIP, todo aquel que recibe algún tipo de pensión por las leyes 21.540 (obispos, arzobispos de las Fuerzas Armadas y vicariato castrense), 21.607 (quienes han obtenido u obtuvieren un premio Nobel) y 24.018 (jueces, funcionarios judiciales, funcionarios públicos, presidentes y vicepresidentes de la Nación) "derivan de la prestación del servicio que en el transcurso de su vida activa han desarrollado", es decir de sus trabajos, y que, por tanto, sí debían quedar alcanzadas por Ganancias.

Te puede interesar