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Desde esa área de Gobierno se indicó que, por la Ley Provincial 2923, debe existir un libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos en las dependencias públicas, locales y/o comercios privados con atención al público, y donde se presente el servicio de atención al cliente y de posventa. Los comercios tienen, además, la obligación de informar de la existencia de esto a través de un cartel ubicado en un lugar visible al público.
Los rubros que no cumplieron con esta normativa fueron concesionarias, comercios de venta de indumentaria, hipermercados y entidades bancarias.
Por otra parte, se indicó que en lo que va del año se entregaron 84 libros de un total de 654, con su rúbrica y firma correspondiente.
Cuando un comercio no cumple la norma es sancionado con multa, cuya graduación es considerada de acuerdo con la cantidad de operaciones que el local y/o el comercio realiza, la magnitud del establecimiento, los medios a su alcance para brindar atención prioritaria y evitar esperas a los usuarios; y los antecedentes registrados ante la autoridad de aplicación.
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