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Para iniciar el pedido de devolución correspondiente al año pasado, los contribuyentes deberán poseer su clave fiscal con nivel de seguridad 3 y consignar en la página de la AFIP los datos de la cuenta bancaria donde quieren que se acredite lo adeudado (CBU).
Pueden realizar el trámite quienes no estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales; aquellos inscriptos únicamente en Bienes Personales; monotributistas no inscriptos en Bienes Personales; y empleados en relación de dependencia sin retenciones en Ganancias de Cuarta Categoría.
Pasos para iniciar la solicitud