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Condenaron a un hombre por la violación de una nena de 14 años en 1990: el dato que lo delató

Un tribunal de La Haya sentenció a un hombre de 59 años a dos años y medio de prisión, aunque no cumplirá la pena completa.

Un hombre fue condenado a treinta meses de prisión por la violación de una menor de 14 años ocurrida en 1990 en la localidad de Bodegraven, en Países Bajos. La sentencia fue dictada por un tribunal de La Haya tras confirmarse una coincidencia de ADN que delató su identidad después de más de tres décadas.

De todas formas, según informó la prensa local, el imputado no cumplirá la pena completa tras las rejas debido al tiempo que ya transcurrió en prisión preventiva. La Fiscalía local había solicitado originalmente un castigo de cuatro años de cárcel, por lo que la institución evalúa la interposición de un recurso de apelación.

El hecho investigado ocurrió en marzo de 1990, cuando el acusado, identificado como Willem V., actualmente de 59 años, tenía 23. Al momento de su detención en su domicilio de Wijk en Aalburg, en la provincia de Brabante Septentrional, las autoridades policiales también le secuestraron armas de fuego y municiones prohibidas.

El ataque se produjo un día en que la víctima permanecía sola en su vivienda a causa de una enfermedad. El agresor ingresó al inmueble mediante un engaño, debido a que su propio hermano conocía a la madre de la menor.

Una vez en el interior de la propiedad, el hombre utilizó un arma blanca para amenazar a la adolescente y obligarla a subir hacia una de las habitaciones principales, donde consumó el abuso para luego darse a la fuga.

"Si gritas una vez más, te clavaré un cuchillo entre las costillas", habría dicho V. al momento de ejecutar el ataque en el dormitorio de la propiedad de la víctima.

El origen de la prueba de ADN y el reclamo de la víctima

La captura del sospechoso se llevó a cabo en mayo de 2025, luego de que los peritos procesaran los indicios orgánicos reservados desde 1990 con nuevos sistemas de análisis molecular.

El perfil genético se encontraba alojado en un banco de datos internacional al que las instituciones británicas se habían acoplado en 2020, y provenía de una causa por agresión tramitada en el Reino Unido en el año 2003.

En ese expediente, el acusado resultó absuelto y las normativas internas obligaban a la inmediata eliminación de las muestras.

Un dibujo del hombre condenado por violación realizada en la sala del Tribunal: había sido capturado en mayo de 2025.

Por ese motivo, durante las audiencias previas al veredicto, el abogado defensor del imputado, de apellido Moszkowicz, solicitó formalmente que se declarara la inadmisibilidad de las actuaciones iniciadas por el Ministerio Público.

La presentación jurídica argumentaba que los plazos de prescripción penal se encontraban extinguidos y que la utilización del material biológico inglés constituyó una anomalía administrativa internacional.

Según la defensa, las evidencias físicas y las posteriores admisiones de culpa carecían de validez legal por este motivo, pero los magistrados rechazaron los planteos.

El cuerpo de jueces determinó en el fallo que el acusado accedió a un proceso conforme a derecho, debido a que aportó de manera voluntaria una contraprueba de saliva ante el requerimiento formal de los investigadores de los Países Bajos.

Asimismo, la resolución judicial ratificó que la acción penal no se encontraba prescripta bajo los parámetros técnicos de la legislación vigente al momento del ilícito.

La sanción de dos años y medio de cárcel, de acuerdo con la información publicada por medios neerlandeses, computó el período de detención preventiva cumplido desde mayo de 2025.

Una condena polémica por la violación en 1990

Los jueces aplicaron la escala máxima penal contemplada por el código holandés de 1990, cuyas normativas fijaban castigos considerablemente inferiores a los actuales para los delitos contra la integridad física.

El tribunal justificó el tope de la sanción en la condición de minoridad de la víctima y el uso de violencia explícita. El dictamen incluyó la obligación de abonar una indemnización civil de 681 euros, el máximo permitido en la época del hecho.

Durante los allanamientos que llevaron a cabo en su domicilio, las autoridades encontraron un rifle de resorte prohibido por la ley de control de armas nacional. Además, se llevaron la declaración del acusado donde reconocía la autoría del ataque.

Las secuelas psicológicas de la víctima de la violación

En los fundamentos de la condena, el Tribunal tomó en cuenta las pericias psicológicas efectuadas sobre la damnificada, que actualmente tiene 50 años.

Los exámenes certifican secuelas permanentes asociadas al miedo a permanecer sola en su hogar, crisis de pánico y un estado crónico de inseguridad personal que interfiere en sus dinámicas cotidianas.

El hecho investigado ocurrió en marzo de 1990, cuando el acusado tenía 23 años y la víctima, 14.

Durante las declaraciones policiales, el acusado manifestó que su intención original al dirigirse a la vivienda era contactar a la madre de la menor, a quien conocía por intermedio de su hermano. De acuerdo con su testimonio asentado en las actas, buscaba afecto, pero al ingresar al inmueble "se dejó llevar por la lujuria".

Por su parte, la denunciante se dirigió de forma directa al imputado durante el desarrollo de la audiencia de debate y expresó: "Le rogué a mi madre que nos mudáramos, pero no teníamos dinero. Casi vomito solo de pensar en tener que seguir viviendo allí".

"Has tenido 35 años para expresar remordimiento. Sin una coincidencia de ADN, jamás te habrías presentado; te lo reprocho", le dijo al hombre ahora sentenciado.

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