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Neuquén: si no usás barbijo podés recibir una multa de $2 mil

Así quedo establecido en el decreto provincial que establece la obligatoriedad del uso de protectores faciales. También habrá sanciones para los comercios que permitan clientes sin tapabocas. Rige desde este sábado.

El Gobierno provincial decretó la obligatoriedad del uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal, a todas las personas que circulen en la vía pública, sea para realizar aquellos desplazamientos mínimos e indispensables; como a aquellas personas que circulen en el marco de las excepciones establecidas en el artículo 6º del Decreto Nacional Nº 297/20. La obligatoriedad rige desde el primer minuto de este sábado 11 de abril.

Quiénes no cumplan con dicha medida, según establece el decreto 478/20 que lleva la firma del gobernador Omar Gutiérrez, serán sancionados con una multa de 2 mil pesos.

Además el decreto agrega que "aquellos locales comerciales que permitan el ingreso de personas que se encuentren en infracción", es decir que no llevan protectores faciales, "serán pasibles de una sanción pecuniaria de entre pesos cincuenta mil ($50.000) y doscientos mil ($200.000)".

En ambos casos, indica el decreto que "la aplicación y determinación de la misma corresponderá al Ministerio de Gobierno y Seguridad y los fondos serán afectados a la emergencia sanitaria".

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La obligatoriedad del uso de protectores faciales de distintos tipos será vigente hasta tanto se mantenga la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

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