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ACIPAN promueve el cambio de planes sociales por trabajo subsidiado

La entidad asesorará a sus asociados para entrar al programa Puente al Empleo, que decretó el ministro de Economía de la Nación, Sergio Massa.

ACIPAN asesorará a los empresarios locales sobre cómo incorporar a beneficiarios de planes sociales en sus plantillas de trabajadores. El presidente de la entidad, Daniel González, dijo que esperan la letra fina del plan Puente al Empleo, que impulsa el ministro de Economía de la Nación, Sergio Massa, para convocar a los socios a los fines de darles los detalles.

El plan contempla que los empresarios puedan tomar a beneficiarios de los planes de empleo pagando menos por sus servicios, ya que el Estado seguiría pagando el subsidio. Es decir, el contratante pagaría la diferencia entre el sueldo de convenio y el monto del plan social. La duración de la relación bajo esas condiciones sería de un año, en función de lo anunciado por el gobierno nacional.

El programa salió por decreto cuando asumió Massa. “Habilita a quien hoy es beneficiario de un programa social acceder al mercado de trabajo, el empleador tiene bonificados los aportes y contribuciones (sólo paga obra social y ART y sindicato), y el Estado sigue pagando durante un año la base del programa y el empleador completa el salario de convenio", explicó el ministro en el lanzamiento del plan.

"Cualquier iniciativa destinada a crear empleo y reemplazar planes sociales es bienvenida. La ayuda social tiene que ser una contingencia de una determinada situación en la que el Estado tiene que ayudar, pero no puede ser permanente", consideró González.

"Me parece que es una buena primera intención para ver cómo darle solución a este tema", agregó en declaraciones a la radio FM Capital.

El plan de Massa se pondría en marcha a partir de la apertura de un registro de empresas con intención de tomar a los beneficiarios de los planes sociales para ahorrarse un porcentaje del sueldo. La expectativa de los impulsores del programa es que los puestos que se crearán tengan continuidad después del año inicial y sigan totalmente a cargo de las empresas.

"Todavía no tenemos precisiones, pero pronto espero tenerlas porque es una iniciativa que hay que apoyar. Nosotros nos tenemos que informar bien para después informar a nuestros afiliados que lo deseen para que puedan incorporarse a este programa", sostuvo el titular de ACIPAN.

González consideró que "desde el punto de vista económico hay un beneficio importante para el empresario que es el monto que se recibe del plan que no lo tiene que pagar. Es interesante. Yo creo que va a tener éxito".

Están incluidos en el plan de Massa los beneficiarios de los programas: Inserción Laboral, Acompañar, Potenciar Trabajo, Fomentar Empleo, y Jóvenes y Mipymes.

Las contrataciones y los excluidos

El gobierno nacional informó que los beneficios del programa Puente al Empleo se aplican a las siguientes formas de contratación: Contratos de trabajo por plazo indeterminado; contratos de trabajo a tiempo parcial; contratos de trabajo a plazo fijo; contratos de trabajo de temporada; contratos de trabajo agrario permanentes, de prestación continua y discontinua, y temporarios; y contratos de trabajo para el personal de la industria de la construcción.

A la vez, la administración nacional puntualizó los casos de exclusión del programa para las patronales. No serán de la partida las empresas que no aumenten la nómina de trabajadores declarados respecto al promedio de trabajadores declarados durante el año 2021. Las que estén en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), quedan excluidos durante el período que estén en el REPSAL. Las que hagan contrataciones de trabajo temporario o de trabajo permanente discontinuo y contrataciones para desarrollar actividades agropecuarias, según establece el artículo 1 del Decreto 514/2021. Y las que hagan contrataciones de personal de la industria de la construcción como empleadores o empleadoras dentro del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

Asimismo, se excluyen del programa a la empresas que realicen prácticas indebidas o abusivas para acceder a los beneficios establecidos en este Programa. Se considera práctica de uso abusivo cuando se produce sustituciones de personal bajo cualquier figura o el cese como empleador o empleadora y la constitución de una nueva figura como empleador, sea mediante las mismas o distintas personas humanas o jurídicas.

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